Acuerdo complementario con el Nuevo Bersa
El Gobierno y el Nuevo Banco de Entre Ríos (Nbersa) han avanzado en la confección de un contrato complementario al firmado en 2005, por el cual el Estado le otorgó a la entidad el servicio de agente financiero por diez años.El nuevo entendimiento, negociado entre los gerentes del banco y el ministerio de Economía, ya superó las instancias de los organismos de control del Estado y pasó a ser estudiado por las autoridades del Nuevo Banco de Entre Ríos.El último informe de la Unidad Operativa de Control del agente financiero (Uocaf), detalla que con el objeto de "complementar e interpretar" algunas de las cláusulas del contrato de Agente Financiero suscripto entre la Provincia y el NBERSA en fecha16 de Septiembre de 2005, cuya necesidad de modificación "responde a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero", se han llevado a cabo en el ámbito del ministerio de Economía "diversas reuniones con la participación de funcionarios provinciales y del Nbersa"."Producto de estas reuniones, se ha elaborado un borrador de convenio complementario", consigna el informe y detalla que luego de "correcciones realizadas por la Contaduría General de la Provincia y la aprobación de la Fiscalía de Estado", el boceto ha sido remitido al NBERSA "encontrándose a la fecha (el informe cerró en diciembre de 2010) a consideración de sus autoridades a los fines de su suscripción".El planteo de modificación del convenio fue iniciado por la Uocaf e ingresó al circuito administrativo hace casi tres años: el 24 de abril de 2008. Un año después, ya tras pasar el filtro de Contaduría, recibió dictamen de Fiscalía.La posibilidad de introducir variaciones de este tipo, está contemplada en el contrato de agente financiero, que recibió respaldo legislativo con la sanción de la ley 9645. En efecto, la cláusula 17ª del entendimiento reza: "El presente contrato no podrá ser modificado, enmendado o complementado, en todo o en parte, a menos que dichas modificaciones, enmiendas o complementos fueren acordadas entre las partes y sometidas a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, con comunicación a la Honorable Legislatura, en la medida que no modifiquen elementos o condiciones sustanciales del presente Convenio y respondan a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero". APF
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ÉSTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios