Amarras: piden la nulidad de todo lo actuado por el Juez Arnolfi
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Los abogados del emprendimiento inmobiliario y el presidente municipal de Pueblo Belgrano, Jacinto Chesini, recibieron una cédula donde se les notificó que la presentación de la apelación se realizó fuera de término. Desde Amarras pedirán que se anule el proceso llevado adelante por Arnolfi.La instalación del barrio náutico Amarras suma un nuevo capítulo y una nueva polémica en torno a lo judicial. Es que un error en el procedimiento de la apelación, dejó el proceso rodeado de dudas y cuestionamientos.Nota relacionada: Amarras: Ordenan recomponer en 60 días el predio del barrioLa apelación al fallo del Juez Marcelo Arnolfi que ordenaba el cese total de las obras en Amarras fue apelado por los abogados de la firma Altos Unzué S.A. Pero el recurso, según se expresa en la cédula "es extemporánea", es decir, que no cumplió con los plazos estipulados.En la cédula se indica que los recursos de apelación han sido manifiestamente extemporáneos. "Si bien la Ley N°9032, contemplaba un plazo mayor para la apelación, esta ha sido derogada", asegura.De esta manera se abre una serie de interrogantes acerca de la validez del recurso de amparo, la apelación de la empresa y la continuidad del procedimiento judicial. Según abogados consultados por ElDía, el fallo del Juez Marcelo Arnolfi seguiría en vigencia y el error de procedimiento no influiría en el cese de las obras en el barrio náutico Amarras.En el cuerpo de la cédula enviada a los abogados y al Intendente de Pueblo Belgrano se dejó expreso: "Hago saber a ud. Que en los autos caratulados Majul, Julio Jesús, c/ Municipalidad de Pueblo Belgrano y otros s/ acción de amparo ambiental. Expediente N° 21615 en trámite ante esta Sala N° 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia, ha recaído la siguiente providencia: Atento lo informado precedentemente por la Actuaria, teniendo en cuenta lo normado por los artículos 16° y 65° de la Ley N° 8369, la interposición de los recursos de apelación ha sifo manifiestamente extemporánea, debiendo agregar que, si bien la Ley N° 9035 contemplaba un plazo mayor para la apelación, esta norma fue derogada por el artículo 19 de la Ley N° 9550. Por consiguiente, resultan mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por los doctores Alejandro Daniel Briozzo y Edgardo Daniel Garbino, letrados apoderados de Altos de Unzué S.A; por el Presidente Municipal, Elías Chesino con el patrocinio del doctor Carlos Puccini y por el Procurador Fiscal de la Fiscalía de Estado, lo que así se resuelve. Firmado: Daniel Carubia - Vocal a/c Presidencia Sala N° 1 del STJ. Ante mí, Noelia Ríos, Secretaria".Pedirán la nulidadEl abogado del emprendimiento inmobiliario, Alejandro Briozzo dialogó con ElDía y confirmó que recibió la cédula de notificación y adelantó que "pedirán que se les otorgue concederse nuevamente el recurso o que se decrete la nulidad de todo lo actuado por el juez Marcelo Arnolfi por haber tramitado bajo una ley que está derogada".En torno a la derogación de la Ley surgieron dudas y hasta cuestionamientos: ¿Ninguno de los abogados intervinientes conocía de la derogación de la Ley N° 9032? ¿El Juez también desconocía la nulidad de la Ley?Ayer, en horas de la tarde el Intendente Chesini habría mantenido una reunión con integrantes del Superior Tribunal de Justicia.Sobre la opinión de la genteEn una encuesta realizada en la web de Diario ElDía -www.eldiaonline.com- se preguntó a los lectores: "¿Estás de acuerdo con la construcción de Amarras?"El 59,7% de los votantes eligió la opción: Sí, estoy de acuerdo con la construcción del barrio.El 35,2% de los lectores votó: "No estoy de acuerdo con la construcción del barrio; mientras que el restante 5,1% de los votos aseguró no tener una posición tomada.
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