Anotados más de 100 deudores alimentarios
La jefa de Departamento del Registro de Deudores Alimentario de Entre Ríos, Mariela Acosta, señaló que se ha incrementado en el último tiempo el trabajo en el organismo.Se realizan trámites para distintos municipios, entre los cuales se encuentran Hernandarias, Crespo, Concepción del Uruguay, Hernández, Gualeguaychú y Paraná. La funcionaria expresó: "ojalá estuvieran todos, yo creo que va a llegar el momento que todos se van a adherir".Indicó que elevan muchas "certificaciones por el Registro de Adoptantes", y al igual que ese organismo, desde el que reúne los nombres de quienes no abonan la cuota alimentaria a sus hijos también han realizado instancias de difusión del trabajo que lleva adelante. En la actualidad, hay "más de 100 inscriptos" en el Registro, informó RecintoNet.Consultada por Noticias Entre Ríos, señaló que en la provincia los datos de las personas registradas "no trascienden" por no estar contemplado en la norma por la que se creó el organismo. A diferencia de Mendoza y Salta, "que son las únicas que adhieren a dar a la luz los nombres de los deudores".Cabe recordar que entre los requisitos para inscribirse como candidato en las elecciones ante el Tribunal Electoral se encuentra la presentación del certificado que establece el libre registro como deudor alimentario en la provincia. El organismo que tiene a su cargo la emisión del documento ha trabajado "en forma masiva" en los meses de inscripción de las postulaciones, oportunidad en que hubo un inconveniente con uno de los aspirantes a cargos electivos, que fue solucionado.El Registro de Deudores Alimentarios fue creado por Ley N° 9.424. Funciona desde 2004 dentro de la oficina de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito en Paraná, y sus funciones son llevar un listado actualizado mensualmente de todos los deudores alimentarios morosos de Entre Ríos; expedir certificado ante simple requerimiento de persona física o jurídica que acredite su interés o resulte facultada por la Ley 9.424, sin costo alguno; y comunicar al Juzgado, Defensoría de Pobres y Menores o Juzgado de Paz que lo solicite el conocimiento.
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