Apertura de la quinta convocatoria para inscribirse en el registro de adoptantes
A partir del lunes pasado, está abierta la inscripción en el Registro único de adoptantes, siendo la quinta convocatoria del año. Se extenderá por 15 días hábiles, por lo que cerrará el 22 de este mes. El trámite se realiza en de lunes a viernes en la defensoría de la jurisdicción de cada localidad. Según informó la agencia de noticias APF, desde el Registro, comenzó este lunes 1 de octubre la inscripción; se trata de la quinta durante el año. En la apertura anterior, las inscripciones realizadas en toda la provincia fueron 29, sumando un total de 372 inscriptos desde que se abrió el Registro hasta hoy.Si la inscripción la realiza un matrimonio deben concurrir los dos, mientras que los requisitos de inscripción se los puede descargar desde la página web: www.jusentrerios.gov.ar en el link del Registro de adopción.Dichos requisitos son los siguientes: Nombre y Apellido; número de Documento Nacional de Identidad (Presentar fotocopia y original del DNI); fecha y lugar de nacimiento (no es necesario acompañar partida de nacimiento. Basta con la copia del DNI; estado Civil (En caso de ser casados presentar fotocopia del acta de matrimonio y/o copia de la libreta de familia; en caso de ser divorciados presentar copia de la sentencia y/o fotocopia del acta de matrimonio con la inscripción del divorcio); ocupación e ingresos (Presentar certificado laboral y/o recibo de sueldo); domicilio real y número de teléfono (Constatar domicilio con fotocopia de algún servicio); grupo conviviente si lo hubiere; hijos o hijas si lo tuviere; edad y número de niños, niñas y adolescentes que desearían adoptar; posibilidad de adoptar hermanos o grupo de hermanos, niños o niñas mayores a cinco (5) años, niños/niñas o adolescentes con capacidades diferentes o con problemas de salud; indicar si previamente el postulante hubiere tenido niños, niñas y adolescentes en guarda y, en su caso, el resultado de la misma; presentar la información complementaria que establezca la autoridad de aplicación; la obligación expresa del solicitante de hacer conocer al adoptado su realidad biológica; la mención expresa de si se ha dictado en su contra alguna medida cautelar, en proceso de violencia familiar / violencia contra la mujer. (La acreditación de dicho requisito estará a cargo del R.U.A.E.R. y/o de la Defensoría de la jurisdicción a la que corresponda).Además, deberán presentar certificado de no encontrarse Inscripto como deudor alimentario (ley 9424). (La gestión para la acreditación del mencionado requisito estará a cargo del R.U.A.E.R.); disposición o no para realizar una adopción simple; en el supuesto de cónyuges menores a treinta (30) años, con imposibilidad de tener hijos, deberán acreditar dicha circunstancia con las certificaciones y estudios - médicos correspondientes; manifestar si se ha inscripto en otras jurisdicciones y en su caso el resultado de las mismas.La documentación deberá presentarse en original y copia. Las copias serán certificadas por este Registro, devolviéndose los originales.La falta de acreditación de alguno de los requisitos solicitados no hará admisible la recepción de la solicitud de inscripción. Exceptuando los requisitos mencionados en el punto n y ñ, los cuales en el caso de no ser acreditados en oportunidad de la inscripción, serán gestionadas por este Registro.La documentación deberá ser presentada en una carpeta colgante con visor fijo. Utilizándose hoja formato A 4, y respetándose un margen de 4 cm a la izquierda.-Cualquier consulta se podrá realizar por medio del correo electrónico: [email protected], de manera telefónica al número: 0343 - 4209393/394 o personalmente a Méjico 480.
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