Aprobaron la ordenanza para la regulación de obras
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El Concejo Deliberante, con la presencia de once concejales, aprobó ayer por unanimidad el proyecto de ordenanza que establece la necesidad de regular la presencia de obras irregulares en la ciudad que transgreden la plena vigencia del Código de Edificación.La norma determina la aplicación de las sanciones proporcionales que tiendan a desalentar esta práctica.El Código de Edificación Urbana creado bajo la ordenanza 7329/74, tiene como objetivo el fortalecimiento de la convivencia urbana, como vecinos habitantes de una comunidad, determinando condiciones de salubridad, de habitabilidad, de normas constructivas básicas y mínimas para garantizar dicho objetivo.Este proyecto, considera que desde hace algunos años se observa la presencia de gran cantidad de obras que se alejan de la normativa con relación a sus espacios y superficies mínimas exigidas, o de condiciones de habitabilidad, generando un sistema de irregularidad y un sistema conflictivo en cuanto a la aprobación y constatación de la construcción. Por ello, se presenta la necesidad de ordenar y regular la presentación de planos y documentación técnica de obras dentro del ejido de nuestra ciudad.Asimismo, sostiene que el Municipio a través de las normativas vigentes es la encargada de solicitar y registrar los planos de las obras que se realizan en su jurisdicción, y la presentación de la documentación de obra debe estar avalada por un profesional arquitecto, ingeniero o técnico habilitado, matriculados, y con el visado del colegio correspondiente y firmado por su propietario. DOCUMENTACIÓNEntre los considerandos la ordenanza ratifica que en la actualidad, cuando se trata de un proyecto de obra nueva, previo a su ejecución se debe presentar la documentación correspondiente ante la autoridad competente. Caso contrario, cuando se trata de obras construidas sin permiso municipal, su regularización se efectúa mediante la presentación de documentación de obra a regularizar.En primer caso, se requiere para su correspondiente aprobación, la presentación del Permiso de Uso y Documentación de Proyecto, de acuerdo al requerimiento previsto en el Código de Edificación y ordenanzas que hacen al ordenamiento urbano. No se puede comenzar la construcción hasta que el proyecto no esté registrado por la Dirección de Obras Particulares dependiente de la Secretaria de Planeamiento Urbano. SANCIONESLa norma determina la aplicación de las sanciones proporcionales que tiendan a desalentar esta práctica, que se aplicará en base a un porcentaje del costo de la obra; y establecer una fecha tope para la regularización de obras no declaradas, mediante la presentación de la documentación de obra correspondiente, su adecuación a la norma local, conjuntamente con la implementación de un certificado de aptitud técnica confeccionado con un profesional universitario de incumbencia en la materia.
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