EXTRACTIVISMO Y DAÑO AMBIENTAL
Arena para Vaca Muerta: La Justicia le ordenó al gobierno entrerriano regularizar la situación

La sentencia de la Sala N°2 de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú hizo lugar a una acción de amparo promovida por el abogado Ricardo Luciano y le dio 45 días al Ejecutivo provincial para regularizar licencias y el cumplimiento de las leyes en general. “Después de esta sentencia, si la secretaria de Ambiente tuviese un poquito de dignidad tendría que renunciar”, apuntó el gualeguaychuense.
Luciano Peralta
Casi en soledad, hace dos años el abogado Ricardo Luciano viene llevando a cabo una difícil y desigual lucha. El problema es la instalación de cada vez más empresas areneras en la zona del delta entrerriano para proveer a Vaca Muerta, la gran apuesta del Gobierno Nacional para la producción no convencional de gas y petróleo (fracking).
Falta de controles, de estudios de impacto ambiental, depredación de la arena y el agua, y hasta una empresa (Cristamine S.A.) que opera y multiplica cifras millonarias con la habilitación vencida hace cinco años y sin ningún tipo de control.
El fallo del juez Alberto Adrián Welp, vocal de la Sala N°2 de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, viene a respaldar las denuncias de Luciano, quien se involucró con el tema en 2020, siendo abogado de la Cooperativa de Agua de Ibicuy.
Primero, en octubre de ese año solicitó información sobre el tema a la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, pero la repuesta no llegó, por lo que interpuso un recurso de amparo y lo ganó en la última instancia de la Justicia provincial, el Superior Tribunal. De esta manera, la Cartera de Ambiente debió darle acceso a todos los expedientes administrativos de las areneras, más de 30, entre las empresas que extraen y los barcos areneros.
En el marco de otra acción de amparo promovida por Luciano, para que “se cumplan las leyes que se están incumpliendo”, en sus palabras, el pasado 11 de abril se conoció la sentencia que lleva la firma de Welp. La misma le da 45 días al Ejecutivo provincial para que “evalúe el estado legal de las habilitaciones de las areneras situadas en el Delta entrerriano, vigencia de certificados de aptitud ambiental y cumplimiento de todos los demás requisitos que exigen las leyes y, de acuerdo a lo que se verifique, decida la adopción de las medidas actuales que la protección del ambiente demande, debiendo interpretarse la selección de esas disposiciones administrativas conforme los principios desarrollados en la sentencia (prevención, precaución, pro natura, entre otros)”, dispone la sentencia.
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