Busti adelantó el rechazo al “tarifazo” de luz y gas
El presidente de la Cámara de Diputados de la provincia, Jorge Busti, expresó que "vamos actuar con el bloque de diputados provinciales de Peronismo Federal, con todas las herramientas administrativas y jurídicas para intentar impedir el tarifazo que pretenden instaurar el gobierno nacional con la puesta en vigencia del decreto que autoriza el aumento tarifario".
"Actuaremos conjuntamente con los legisladores nacionales del bloque Peronismo Federal para insistir en la derogación de esa norma claramente inconstitucional y antipopular", señaló al tiempo que resaltó "vamos a exigir el cumplimiento por parte del Estado nacional, el fallo de la Cámara Contencioso Administrativo N° 5, que dispuso la suspensión de los incrementos".
Aseguró además que enviarán una nota a la Secretaría de Energía de la provincia para exigir el cumplimiento del fallo de la cámara N° 5 en lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial de la Nación que resolvió la suspensión provisoria del aumento a la tarifa del gas, que había sido decretada por el Gobierno Nacional.
Cabe consignar que la Cámara en lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial de la Nación falló a favor de hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo de la Nación contra el Gobierno Nacional y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), declarando en este sentido la suspensión provisoria de la carga tributaria ejercida en las tarifas de gas de los consumidores argentinos, ejercida a través del decreto nacional 2067/08.
Dijo que "considera aplicable a los aumentos en la tarifa de gas, la doctrina innovadora de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que surge del fallo: Halabi, Ernesto c/ P.E.N. -ley 25.873 - dto. 1563/04 s/ amparo ley 16.986", si bien se refiere a hechos distintos, en la medida en que admitió al lado de la existencia de derechos sobre bienes jurídicos individuales cuya legitimación para reclamar corresponde al titular (considerando 10 del fallo citado), y de los derechos de incidencia de colectiva que tienen por objeto bienes colectivos, que son ejercidos por el Defensor del Pueblo de la Nación, las asociaciones que concentran el interés colectivo y el afectado (considerando 11 de la causa).
Una tercera categoría conformada por derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos (considerando 12 del fallo), entre los cuales incluyó expresamente a los derechos derivados de las relaciones de consumo, tal cual sucede con los usuarios y consumidores de gas". Prensa diputado
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