Calificaron de “apropiadores” a los “padres del corazón” de Franco
El Juez de Menores de Gualeguaychú, Héctor Vassallo, dio a conocer detalles de la polémica causa donde se determinó que el niño de dos años sea apartado de la casa donde vivía y dado en adopción a un matrimonio inscripto en el RUAER. Decretó el cese de la convivencia del menor con el matrimonio Rebord - Farabello, a quienes se califica de apropiadores.Vassallo informó sobre la situación de Franco, de dos años de edad, que tomó difusión pública a partir de los dichos del matrimonio de Alfredo Rebord y Carina Farabello. La pareja había recibido en entrega directa el hijo recién nacido de Brenda Casivar.La causa recayó en el juzgado de Menores de Gualeguaychú, mediante u oficio del Juzgado Federal de San Isidro, como consecuencia de una investigación por el delito de alteración o supresión de la identidad de un menor.Los informes de las trabajadoras sociales son considerados elementos de prueba, donde "se formaliza el detalle de cómo tanto la madre biológica como la abuela materna no querían conservar el menor"."En ningún momento aparece como supuesto progenitor, quien luego del nacimiento del niño y su inscripción traslada a Franco a Gualeguaychú como hijo propio, a sabiendas que no lo era, para eludir un proceso adoptivo", refirió el Juez en su comunicado.Vassallo fue contundente al considerar que "surgen una serie de indicios suficientes para deducir que Rebord y Brenda Casivar (madre biológica del menor) no se conocían al tiempo gestacional" y opinó que "es falso lo afirmado respecto de una supuesta relación afectiva" extramatrimonial.Esta hipótesis del magistrado fue corroborada con el estudio genético, que determinó que Rebord no era el padre biológico del niño, confirmándose posteriormente que la paternidad era de otra pareja de Casivar, Daniel Lobo.En una audiencia con el equipo técnico, la madre biológica de Franco manifestó su decisión de que su hijo siga viviendo con quienes se encontraba. No solicitó la restitución de su hijo y lo mismo ocurrió con el padre biológico, coincidiendo en las excusas con su ex pareja. "Nunca tuvieron como deseo la restitución del niño para ser ellos quienes lo cuidaran, solo pedían que el niño continuara conviviendo con el matrimonio Rebord-Farabello", agregó Vassallo.Fue el Defensor de Pobres y Menores N° 1, Pablo Pattini, el que solicitó el cese convivencial de Franco con el matrimonio Rebord - Farabello, a quienes se calificó "como apropiadores", dándose por comprobado el abandono y desamparo de los padres biológicos.Vassallo indicó que no existe normativa provincial, nacional y supranacional, donde haya posibilidad jurídica de respetar un centro de vida ilícito, refiriéndose al lugar donde residía Franco en Gualeguaychú. Además expresó que "no existe alternativa jurídica de respetar la voluntad de la madre biológica del niño, desde una entrega directa a un matrimonio que no se encuentra inscripto en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia de Entre Ríos (RUAER)"."La reforma del Código Civil en materia de Adopción prohíbe expresamente la entrega directa como modo de acceder a una guarda preadoptiva del niño. Situación que es estrictamente y justamente la metodología cuestionada e investigada por la Justicia Federal Penal, que resulta el "modus operandi" para no involucrarse en un Proceso Adoptivo", señaló el comunicado. Dónde está FrancoVassallo aseguró que "el menor se encuentra en período vinculatorio con un matrimonio registrado en el RUAER, abocados a reponer la situación de total vulneración de derechos".También señaló que "el Juzgado tiene pleno conocimiento del lugar donde se encuentra el menor, cuáles son sus avances, cuál es su dinámica actual, y la reserva del lugar de destino, otra de las medidas de protección, justamente para evitar una exposición mediática innecesaria".Desde el Registro Único de Adoptantes aseguraron a El Once que actualmente el pequeño se encuentra "muy bien" con la familia a la que le asignaron la guarda. La secretaria del organismo, Lorena Calí, precisó que "a partir de que el Registro comunicó las familias que estaban en condiciones, el juez seleccionó una y después se nos encomendó el seguimiento de esta situación. El niño se encuentra muy bien con esta familia, sumamente insertado y están garantizados sus derechos".Calí subrayó que para adoptar es indispensable "inscribirse en el registro. Es el juez quien decide, dado que se trata de un acto que modifica estados de familia".
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