Casación rechazó el planteo del médico Nemec y confirmó la condena
La sentencia aún no está firme. Desde hoy y por un plazo de 10 días su defensa podrá presentar una impugnación extraordinaria a Casación, y si la misma Cámara que rechazó el planteo hace lugar a ese reclamo, el médico condenado por el homicidio culposo de Andrea Schlotthauer podría acudir al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.A Carlos Guillermo Nemec se le atribuyeron dos omisiones relacionadas entre sí. Por un lado la tardía intervención quirúrgica exploratoria (laparotomía y/o laparoscopía) que habría ocasionado una demora en el diagnóstico y, por otro lado, la demora en la intervención quirúrgica, producto del diagnóstico tardío.La defensa, representada por Julio Federik y Leopoldo Lambruschini, afirmó que no hubo omisión, sino que se eligieron otros métodos alternativos de diagnósticos que no creaban el riesgo jurídicamente desaprobado. Se ahondó en que a Andrea Schlotthauer fue examinada por tres médicos y que todos ellos coincidieron en que atravesaba un cuadro de urgencia, que no requería de tratamiento inmediato, "puesto que no era emergencia". La intervención es plural, interdisciplinaria, requiere de sala, instrumentista, anestesiólogo, es decir que no es una conducta que pudo llevar a cabo individualmente. Nota relacionada: Mala praxis: La Cámara de Casación ratificó la condena a Carlos Nemec Se alegó que si la causa de la muerte fue la hemorragia subaracnoidea, "es un riesgo de la vida, no imputable a persona alguna", y sobre el final de la audiencia de Casación se enfatizó en que se debía revocar la sentencia y dictar la absolución".Fue tras este reclamo defensivo cuando el fiscal coordinador de Gualeguaychú, Lisandro Beherán, cuestionó los fundamentos defensivos afirmando que la sentencia de primera instancia "se autoabastece, siendo completa y racional", y que el cuestionamiento jurídico que hacen los defensores se posicionó en el voto de la vocal del Tribunal de Gualeguaychú, Alicia Vivian, -que fue quien votó de forma disidente con el resto abogando por la absolución- "por conveniencia y no por correspondencia".La querellante Rosana Lema Olano había coincidido con la exposición del Fiscal en la audiencia en casación, y argumentó que "es difícil de sostener la hemorragia subaracnoidea como algo aislado como dice la defensa", porque "la historia clínica es clara en cuanto a la causa de la muerte" y que la conducta de Nemec "dio pie a la sucesión de hechos". Nota relacionada: "No se puede afirmar que la muerte de Schlotthauer sea consecuencia de la conducta de Nemec" Con estos y otros argumentos más que se expusieron en la audiencia del 27 de marzo, Casación analizó el caso de la joven contadora de 28 años que murió en febrero de 2016 durante la internación en la Clínica Médica San Lucas y ayer dio a conocer la resolución sobre el futuro del cirujano Carlos Guillermo Nemec, que fue condenado a un año de prisión condicional y cinco años de prohibición para ejercer la medicina.El vocal de Cámara, Hugo Perotti, coincidió con la imputación del Ministerio Público Fiscal y la posterior condena del Tribunal de Gualeguaychú, que le reprochó a Nemec "una omisión negligente" por no llevar a cabo a tiempo una laparascopía o laparotomía que "resultaba a todas luces aconsejable por la ciencia médica y de manera urgente" para evitar que una sepsis abdominal se generalice y provoque el fallecimiento de la paciente.Para este magistrado fue clave el primer informe autópsico por su "altísimo valor incriminatorio", donde enfáticamente se establece que la causa de la muerte de Andrea Schlotthauer se debe a un "shock séptico a punto de partida de su infección apendicular". Nota relacionada: Los médicos que vieron a Andrea complicaron a Nemec Además cuestionó los motivos de la defensa, que dijo sentirse agraviada por la supuesta incorporación de una nueva -y distinta- causa de muerte, no reprochada a Nemec. "No hubo modificaciones ni agregados sustanciales que varíen la plataforma fáctica atribuida y endilgada al encausado", señaló Perotti.En su sentencia, este magistrado se detuvo especialmente en el informe pericial que realizó la médica forense de Villaguay, Diana Bercovich, "por no compartir las apreciaciones que tuvo Vivian en su voto en disidencia". Para Perotti el informe de la forense es "útil" para explicar que "la sintomatología es compatible con un cuadro de abdomen agudo quirúrgico y/o Apendicitis, cuyo tratamiento debió ser una Laparoctomía exploradora 36 a 48 horas antes de lo realizado".Más aún, respondiendo a un punto de pericia propuesto por la Defensa, la Perito Bercovich dice: "Según la historia clínica de la paciente, al día 26/01 la signo-sintomatología que presentaba, sumado a los exámenes complementarios y al tiempo de evolución, lo hacían compatible con un abdomen agudo quirúrgico, y NO un cuadro clínico confuso".Por otra parte, Perotti hizo mención al rol del médico. "La posición de garante que recae sobre los profesionales del arte de curar exige de ellos que frente a la situación de peligro concreten las medidas a su alcance para neutralizar la afectación al bien jurídico". "Fácil me es llegar a la misma conclusión que la mayoría del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú: que fue -con razonable convicción- la demora en la que incurrió Nemec esa noche del 26 al 27 de Enero, la que causó el indefectible resultado fatal, el que podría haberse evitado si en la laparoscopía se detenía el proceso infeccioso (sepsis)", opinó."Él se encontraba en situación de garante. Por lo tanto, él era quien debía reducir o intentar evitar el riesgo. Pero lamentablemente, con su demora (omisión o inacción) no hizo más que incrementarlo", se explayó el magistrado, y a lo que se sumaron los dos vocales integrantes de la Cámara.En resumen. Nemec fue condenado por el Tribunal de Gualeguaychú a fines de 2016 y esa sentencia fue ratificada en esta segunda instancia, pero el fallo aún no ha adquirido firmeza y el médico cirujano que fue penado con una inhabilitación de 5 años para ejercer su profesión podrá seguir apelando la medida antes de comenzar con el cumplimiento.
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