Caso Bellolo: Casación confirmó la sentencia y Fernández no irá preso
La Cámara de Casación Penal coincidió con la sentencia de Alicia Vivian en primera instancia y resolvió condenar a Jonathan David Fernández a la pena de tres años de prisión condicional, más la inhabilitación especial para conducir vehículo automotor por el término de seis años, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de Homicidio Culposo Agravado por Conducción Antirreglamentaria de Vehículo Automotor.La Cámara de Casación Penal resolvió por unanimidad No Hacer Lugar al Recurso de Casación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicios y Apelaciones Unipersonal de la ciudad de Gualeguaychú.A Jonathan Fernández se le atribuyó la responsabilidad del hecho ocurrido el 1 de octubre de 2011, aproximadamente a las 6.30, en la intersección de las calles España y Andrade de Gualeguaychú, cuando Nicolás Horacio Bellolo, al comando del automotor marca Fiat Uno, circulaba por calle Andrade en dirección oeste-este, acompañado por Valentín Facundo Barboza, es embestido violentamente por el automotor marca Fiat, modelo 147, que conducido por Fernández se desplaza, en dirección sur-norte, por calle España, a velocidad superior a la reglamentariamente autorizada en zona urbana.A causas de la colisión, cuya responsabilidad se atribuye al encartado, por no haber respetado la prioridad de paso, de que gozaba Bellolo, quien arribara al cruce de calles con antelación suficiente y aparecer desde la derecha el Fiat 147, resultó gravemente lesionado el damnificado Bellolo, las que determinaron su posterior deceso el día 31 de octubre.Además de la pena condicional, Fernández deberá cumplir con reglas de conducta como abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de consumir bebidas alcohólicas, concurrir una vez por mes al Juzgado de Ejecución de Penas de Gualeguaychú para control de la condena, realizar tareas comunitarias a favor de La Casita de Lucy, en el barrio La Cuchilla, por un plazo de 24 horas mensuales, realizar tareas comunitarias en la Dirección de Tránsito Municipal en tareas no administrativas sino vinculadas a controles de tránsito y accidentes, en horarios en que no afecten sus tareas laborales, a razón de 24 horas mensuales, y por último, asistir al programa de Educación Vial para Probados y Condenados Condicionales a dictarse dentro de la órbita de la Dirección de Tránsito Municipal.
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