Caso Bellolo: Condicional y tareas comunitarias para Fernández
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El juicio por la muerte de Nicolás Bellolo llegó a su fin, por lo menos en Gualeguaychú. La jueza Alicia Vivian leyó ayer al mediodía la sentencia contra Jonathan Fernández, encontrándolo responsable por la muerte del joven, pero como ocurre en cada caso de muertes por negligencias viales, el condenado no irá a la cárcel.En primer lugar, la resolución judicial declaró inadmisible el planteo de cambio de calificación de los hechos, promovido por la querella. El abogado representante de la familia Bellolo, José Morrison, había solicitado en su alegato cambiar la calificación de Homicidio Culposo a Homicidio Simple con dolo eventual, pero la magistrado coincidió con lo expuesto por el fiscal Mauricio Derudi sobre que esta instancia judicial no era la apropiada para hacer lugar a la pretensión de la querella, por resultar extemporánea.Vivian se tomó una hora para leer parte de sus fundamentos y condenó a Fernández del delito de Homicidio culposo agravado por la conducción antirreglamentaria de vehículo automotor, a la pena de tres años de cumplimiento condicional, con más la inhabilitación especial para conducir automóviles por el término de seis años.Durante ese lapso de tiempo, Fernández deberá cumplir con reglas de conducta como abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de consumir bebidas alcohólicas, concurrir una vez por mes al Juzgado de Ejecución de Penas de Gualeguaychú para control de la condena, realizar tareas comunitarias a favor de La Casita de Lucy, en el barrio La Cuchilla, por un plazo de 24 horas mensuales, realizar tareas comunitarias en la Dirección de Tránsito Municipal en tareas no administrativas sino vinculadas a controles de tránsito y accidentes, en horarios en que no afecten sus tareas laborales, a razón de 24 horas mensuales, y por último, asistir al programa de Educación Vial para Probados y Condenados Condicionales a dictarse dentro de la órbita de la Dirección de Tránsito Municipal.Con respecto a la demanda civil que la querella había anexado a la causa penal por un monto de 2.400.000 pesos, la jueza dispuso hacer lugar parcialmente a la demanda contra Jonathan Fernández, a quien se lo condenó a abonar la suma de 120 mil pesos, en concepto de daño moral y psicológico, más los intereses que conforme la Cámara Civil, Comercial y Laboral, desde la fecha del siniestro hasta que se efectivice el pago.Mauricio Derudi, representante del Ministerio Público Fiscal, escuchó atentamente cada uno de los fundamentos que brindó la magistrada. En principio no se recurriría en casación debido a que en lo único que difirió el fallo de lo solicitado por la parte es en la modalidad del cumplimiento de la pena y sobre ello, Vivian "dio fundamentos de sobra del por qué en este caso consideraba que no debía imponerse una pena de cumplimiento efectivo".Por su parte, el querellante José Morrison, todavía molesto por la resolución de la jueza Alicia Vivian, manifestó que debe leer detenidamente la sentencia para tomar una decisión sobre ir a casación. "No puedo convertir esto en una cuestión personal", manifestó el querellante.
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