Caso Carboni: El STJ tiene 20 días para resolver si mantiene las penas
Nicolás Carboni tenía 17 años el 5 de abril de 2004. Ese día fue al barrio El Molino en Gualeguay a comprar una moto en la increíble suma de 30 pesos y terminó pagándola con su vida. Allí, un grupo de cinco jóvenes lo esperaba y uno de ellos le descerrajó un tiro en el estómago. Herido, salió de la habitación en la que aparentemente se realizaría la transacción; vecinos del lugar testificaron en el primer juicio que se realizó en diciembre de 2004, que lo vieron salir tambaleándose y tomándose la panza con ambas manos y caer en la calzada. También recordaron que la ambulancia demoró en llegar y que el chico pedía agua. Momentos después falleció.
El proceso que se abrió para determinar la responsabilidad de Luis Giménez, Santiago Saldaña, Claudio Ferreira, Walter Ibarra y Carlos Villar, imputados por el asesinato del chico, atravesó varias etapas, alguna de la cuales dejaron mal parado al sistema de Justicia que incurrió en graves errores de apreciación de la dogmática. Así, hubo una primera sentencia que, en una compleja trama de calificaciones legales, en tres fallos los condenó y los absolvió. Aquella fue recurrida en Casación, no por la absolución sino por la condena, pero el STJ no la trató y los defensores acudieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que sugirió que se revise la sentencia. El STJ anuló el fallo del primer juicio y ordenó celebrar uno nuevo en el que, esta vez sí, un nuevo Tribunal de la Cámara Criminal de Gualeguay condenó al supuesto autor material a una pena menor y a los otros imputados con penas más altas que las del primer juicio. Como una muestra del desaguisado, ayer se recordó que uno de los imputados le dijo a su abogado: “Doctor ¿para qué vinimos en casación si me terminaron dando cuatro años más de condena?”
Este jueves, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, que integraron Germán Carlomagno, Juan Carlos Ardoy y Bernardo Salduna, en una nueva audiencia de casación en relación al fallo que surgió del segundo juicio, escuchó los argumentos del Procurador General de la provincia Jorge García, del Defensor General Maximiliano Benítez, que representó los intereses de Giménez, y de los defensores Alberto Silva Velazco y Luis Pedemonte que representaron respectivamente a Saldaña y Ferreira y a Ibarra y Villar.
García solicitó que la Sala ratifique la sentencia que condenó a Giménez a 23 años de prisión y a Ibarra a 18 años, pero planteó que las condenas de Villar, Saldaña y Ferreira, que fueron condenados a 18, 18 y 21 años de prisión vuelvan a las penas del primer juicio que fueron de 15, 14 y 16 años de cárcel.
Por su parte, los representantes de la Defensoría General pidieron que se sostenga la absolución de los imputados por considerar que, en el caso de revocarla, se violarían principios constitucionales y pactos internacionales a los que adhirió el país. Así, sostuvieron que los imputados no pueden ser juzgados dos veces por el mismo delito. En este sentido, Benítez sostuvo que “el Tribunal del primer juicio no quiso absolverlos, pero sin querer lo hizo”, y agregó que “el hecho por el que se juzga a Giménez es el mismo por el que se lo juzgó en el primer juicio”.
Los defensores plantearon cuatro agravios en su recurso. El primero referido a lo que denominaron “intereses contrapuestos”, que surgió cuando señalaron que Roberto Cosundino, que defendió a los cinco imputados, quienes llegaron a endilgarse responsabilidades mutuamente impidiendo el ejercicio de la defensa; también plantearon la nulidad de una inspección ocular en el lugar del hecho; señalaron la falta de certeza de las pruebas y algunos testimonios contradictorios; y por último, atacaron el planteo de reincidencia sosteniendo que es anticonstitucional.
Por su parte, García comenzó su argumentación manifestando que “una solución a este expediente que ha demandado tantos años y ha dañado la paz social de una comunidad convulsionada por el caso, es que este juicio se termine”. Así, sostuvo que “quién haya disparado no tiene importancia, porque todos tenían codominio del hecho” y agregó que “no es motivo suficiente que no se haya demostrado quién disparó” para revocar la condena. En el mismo sentido se expidió respecto a si el robo de un reloj que llevaba Carboni y el dinero que tenía en la mochila fue consumado o no.
Los tres defensores hicieron saber que si la Casación es adversa, acudirán a la Corte Suprema y hasta a los Tribunales Internaciones.
Varias idas y venidas judiciales
El primer tribunal de la Cámara del Crimen de Gualeguay, que integraron Roberto Sirigliano, Alberto Seró y Mario Lafourcade emitió un fallo condenando a los imputados por Robo Críminis Causa pero que a la vez los absolvía por el delito de Robo seguido de muerte. En abril de 2006, la Sala Penal del STJ confirmó la condena a los cinco imputados. En aquel momento, con el voto del vocal Carlos Chiara Díaz, la adhesión de Miguel Carlín y la abstención de Daniel Carubia se resolvió que “la sentencia era sólida y tenía todo un desarrollo argumental que merecía la confirmación y el rechazo de lo solicitado por los defensores”. Posteriormente, el STJ aconsejó revisar el fallo y el máximo órgano de Justicia de la provincia ordenó que se realice un nuevo juicio. En esta instancia, un nuevo Tribunal de la Cámara Criminal de Gualeguay, que integraron Alicia Vivian, Alejandra Gómez y Miguel Ramos, los condenó por el delito de Robo seguido de muerte, por la que ya habían sido absueltos del delito que se les imputó.
Fuente: diario Uno
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