Caso Flammini: Casación dio perpetua a Roldan por femicidio
El fallo del Tribunal de Gualeguaychú había sido de 17 años por Homicidio Simple. La Fiscalía recurrió en Casación y el órgano de Alzada lo condenó a prisión perpetua por Femicidio.La Cámara de Casación de Entre Ríos, integrada por Hugo Perotti, Marcela Davite y Rubén Chaia, hizo lugar al Recurso interpuesto por el Fiscal Lisandro Beherán contra la sentencia del 16 de septiembre de 2014 del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú y, en consecuencia, "Casar el pronunciamiento impugnado en cuanto a la calificación legal seleccionada para el hecho enjuiciado, subsumiendo este último en la figura de Femicidio, condenando a Osvaldo Andrés Roldán a la pena de prisión perpetua".El fallo polémicoEn septiembre pasado, el Tribunal de la Sala de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, presidido por Alicia Vivian y secundado por Eduardo García Jurado y Mariano López, condenó a Osvaldo Andrés Roldán a la pena de 17 años de prisión efectiva por el delito de homicidio, más las accesorias legales y costas, manteniendo su prisión preventiva hasta la sentencia de Casación.Pero este no fue un fallo unánime, más allá de que los tres magistrados coincidieran en la culpabilidad del acusado. Primero, no fue condenado por homicidio calificado, que podría haberle acarreado una pena de prisión perpetua. No fueron avalados por la Justicia los calificantes de violencia de género y alevosía, por lo cual, en aquella oportunidad sólo fue condenado por homicidio simple, que establece una pena de 8 a 25 años de prisión.García Jurado y López consideraron que la pena a aplicar era de 17 años, mientras que Vivian le habría otorgado solo 12 años de cárcel, al valorar que "el imputado es una persona adulta, sin antecedentes penales computables, con suficiente integración social y hábitos laborales estables, demostrando en este sentido dedicación, y ascensos en su carrera, con arraigo familiar, a punto tal de tener a su cargo una hija menor de edad, a quien se dedica brindando su apoyo no solo económico sino afectivo de manera diaria y constante".En ese momento, la Presidenta del Tribunal también tuvo en cuenta que "el imputado se encontraba -al momento del hecho- bajo los efectos de la cocaína, la cual, si bien no fue cuantificada, circunstancia ésta que impide determinar con mayor precisión los efectos que pudo haber ocasionado en su obrar, no obsta a considerar una atenuación en su pena".Sólo mencionó como agravante, la actitud que tomó Roldán después del crimen, la de "modificar la escena del homicidio abriendo canillas y tapando los desagües para intentar lavar los rastros de su acción, en cambiar de inmediato sus ropas manchadas, en huir del lugar en auto y por caminos de tránsito prohibido, sacándose la ropa para no ser identificado, y en brindar información falsa sobre su identidad a los funcionarios policiales que lo detuvieron".Pero García Jurado y López tuvieron en cuenta un hecho que no puede ser pasado por alto, un dato que para nada es menor, como "la multiplicidad de lesiones causadas a Julia Flammini (63 heridas y la que ocasionó el óbito, en la zona torácico del corazón), el lugar donde ocurrió el crimen", donde ambos estaban solos dentro del bungalow y "la inferioridad física de la mujer víctima".Tras el fallo, el juez García Jurado había explicado a ElDía que se tuvieron en cuenta las circunstancias que propiciaron el homicidio, como ser la negativa a un requerimiento sexual, haber matado de 63 heridas, preparar la escena para un encuentro sexual y el hecho de que la víctima sea una mujer, que está en inferioridad de fuerzas con su agresor, todo eso amerita que no se le puede dar una mínima de 12 años, "lo adecuado son 17".El FemicidioPero el fiscal Lisandro Beherán no se quedó con lo dictado en Gualeguaychú, y fue por más. Quería que se demostrara que hubo un Femicidio y debió llegar a la Cámara de Casación.Los jueces de Alzada analizaron los argumentos expuestos y no solo que ratificaron la culpabilidad sino que rectificaron la calificación y lo condenaron a la máxima pena por tratarse de un Femicidio.Roldán, de 39 años, deberá permanecer en la Jefatura hasta que esta nueva sentencia adquiera firmeza, pero es muy posible que su abogado defensor presente un Recurso de Inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. En caso de que esto no ocurra, el condenado deberá cumplir la condena donde lo disponga el Juez de Ejecución de Gualeguaychú, Carlos Rossi, pero por tratarse de un hombre oriundo de Florencio Varela, podría solicitar cumplir la pena cerca del lugar de residencia de su familia.
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