Causa Ilarraz: El 11 de marzo será la audiencia para decidir la prescripción del delito
El juez Grippo dictaminó no hacer lugar al pedido de prescripción del delito de Promoción a la corrupción de menores agravada, presentado por los abogados del cura. El martes 11 de marzo, en horas de la mañana, la Sala Segunda de la Cámara Penal, escuchará los argumentos de los abogados del cura Justo José Ilarraz, para decidir luego si la causa por "corrupción de menores agravada por el vínculo", en el Seminario de Paraná, prescribió o no.Lo que se decida allí -donde deberán opinar los camaristas Marcela Davite, Marcela Badano y Ricardo Bonazzola- es también seguido atentamente por la justicia de Gualeguaychú y las víctimas del ex funcionario municipal de Urdinarrain, Javier Broggi, también denunciado por abusos cometidos entre 1994 y 2008 en la citada localidad.La fecha del 11 de marzo es importante para demasiadas personas. Por un lado, las víctimas de abuso del cura Justo José Ilarraz, el ex prefecto del Seminario Menor de Paraná, denunciado por graves abusos cometidos en el establecimiento religioso y fuera de él, en la década del '80 y que se extendiera hasta por lo menos 1993. Por el otro, el otro lote de víctimas, pero del ex funcionario municipal de Urdinarrain y ex celador, prosecretario y secretario administrativo de una escuela, Javier Broggi, a quienes abusó entre la década del '90 y el 2008, cuando quedó al descubierto y se fugó de la ciudad del sur entrerriano.A fines de noviembre del año pasado, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló la resolución que declaraba la prescripción (según el voto de los vocales Hugo Daniel Perotti y Miguel Ángel Giorgio, ya que José María Chemez está con licencia por enfermedad) al hacer lugar al planteo del procurador general del alto cuerpo, Jorge Amílcar García, quien demostró que fueron siete las denuncias que se le imputaron al sacerdote, pero la Sala I de la Cámara Penal solo emitió opinión sobre dos y evitó abrir juicio sobre las cinco restantes. La procuración y la querella sostuvieron que resultaba injusto que se cierre la causa Ilarraz por dos hechos sin investigar los cincos restantes y la Sala Penal hizo lugar al planteo, desestimándose así los argumentos de los abogados de Ilarraz, Juan Angel Fornerón y el tucumano Jorge Muñoz. Los defensores del cura habían atacado la decisión del juez de Instrucción de la causa, Alejandro Grippo, quien rechazó la prescripción, lograron el aval de los camaristas, pero se encontraron con el vallado impuesto en la Sala Penal del STJ.A fines del mes de abril del 2013, el juez Grippo dictaminó no hacer lugar al pedido de prescripción del delito de Promoción a la corrupción de menores agravada, presentado por los abogados del cura. Los defensores del sacerdote acusado de abusar sexualmente de menores mientras era prefecto de disciplina en el Seminario de Paraná, insistieron en la prescripción e interpretaron que la argumentación de Grippo refería a "delitos de lesa humanidad, comparables a los crímenes de guerra". Tal instancia fue rechazada en forma casi unánime por los abogados querellantes, Marcelo Baridón y Alvaro Piérola (h), quienes entendieron que Grippo se refirió a "graves violaciones a los derechos humanos y no delitos de lesa humanidad", publicó El Diario.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ÉSTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios