Celebración del Día del Empleado de Comercio
En vísperas del Día del Empleado de Comercio, que se celebra el 26 de septiembre, el Centro de Defensa Comercial e Industrial informó a sus asociados que será un día de descanso para todos los trabajadores mercantiles.Al respecto, el Art. 166 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo dispone en su primera parte: "en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical". Completándose en la segunda parte del mismo artículo: "En caso que presten servicios en tales días, cobrarán remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual".Asimismo, recordó que los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos.
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