TIENE 77 AÑOS
Condenaron al hombre que pasó el Túnel Subfluvial con 500 kilos de explosivos en una camioneta
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Alberto Barnada recibió una pena condicional por trasladar explosivos desde Córdoba con destino a Misiones con explosivos comprados en forma irregular. Le decomisaron la camioneta y los explosivos.
La Justicia Federal condenó este viernes a Alberto Barnada, de 77 años, por el delito de tráfico ilegal de explosivos, en un fallo que encendió alertas sobre la magnitud del material incautado y el riesgo que implicaba para la seguridad pública.
El operativo, que culminó con el decomiso de 500 kilos de Gelamón transportados en una Toyota Hilux, fue calificado por el fiscal general federal José Ignacio Candioti como “una conducta dolosa de altísimo peligro social”.
La pena dictada por la jueza federal Noemí Berros fue de tres años de prisión condicional. Si bien la condena fue menor a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), la resolución respaldó la hipótesis de los acusadores.
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Además, se ordenó el decomiso de la camioneta utilizada para el traslado de los explosivos. La unidad fue retenida en la ruta 12 el 12 de junio de 2024 en el puesto caminero Santa María.
“La camioneta era un instrumento directo del delito”, sostuvo Candioti en diálogo con Canal 9 Litoral. En ese orden, destacó que el vehículo y el cargamento fueron incautados por orden judicial.
“Esperamos que el Gelamón sea destruido. No corresponde que semejante cantidad de explosivos quede almacenada”, agregó. Según el fiscal, el volumen incautado supera el utilizado en el atentado a la AMIA —320 kilos de TNT— y podría haber volado un puente entero, según estudios científicos presentados en el juicio.
El fiscal también valoró el rol de la policía de Entre Ríos en la detección del cargamento: “Actuaron acertadamente. Por eso creemos que el vehículo debería quedar en la provincia, aunque sabemos que la Corte Suprema tiene la última palabra sobre los bienes decomisados”.
Durante el juicio, la fiscalía presentó mensajes y audios extraídos del teléfono de Bernada que, según Candioti, “demuestran que tenía pleno conocimiento de la ilicitud y del riesgo que implicaba su conducta”.
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La condena fue dictada por la jueza federal Lilia Berros bajo la figura de delito doloso. “Barnada eligió conscientemente violar la ley. No fue negligencia, fue decisión”, remarcó el fiscal.
Por su parte, el defensor Andrés Bacigalupo expresó conformidad con el fallo, aunque la jueza rechazó el pedido de absolución. “Se concretó nuestro pedido subsidiario. Sentimos que se escuchó a la defensa y que se recepcionaron partes de nuestros argumentos”, señaló.
Bacigalupo destacó que la magistrada aplicó “criterios de humanidad y utilidad social” en la sanción penal, y consideró que el fallo “luce coherente con otras condenas del tribunal en los últimos tiempos”.
El texto completo de la sentencia será publicado el 19 de septiembre, cuando se conozcan los fundamentos de la jueza Berros. “Allí se explicarán en detalle las razones de esta decisión”, concluyó Bacigalupo quien trabajó junto a Ladislao Uzin Olleros.
Fuente: Ahora