Condenaron a los cuatro detenidos por el abigeato de 29 animales a Pieczocha
La jueza Alicia Vivian adelantó ayer que el juicio que se dirimió en los Tribunales de Gualeguaychú tendrá un fallo condenatorio, aunque todavía no fijó la pena, porque antes deberá resolver el pedido de inconstitucionalidad que planteó el abogado defensor Alfredo Vitale.El 12 de marzo, un móvil de la Brigada de Delitos Rurales de Gualeguaychú paró la marcha de un camión que había salido a la Ruta 14 desde un camino vecinal en la zona del puente El Sauce. Un Fiat Uno con tres ocupantes viajaba delante, como si se tratara de un auto satélite de lo que se trasladaba en el camión.Cuando los efectivos interrogaron a los tres hombres de 46, 47 y 50 años que viajaban, respondieron que no tenían nada que ver con el camión, mientras que el joven de 29 años que conducía el Ford Cargo con acoplado señaló que ellos lo habían contratado para el transporte de los animales.Cuando se descubrió lo que ocurría y las sospechas se acrecentaban, el Fiat Uno intentó evadir el asedio policial, pero la persecución por plena autovía finalizó a los cuatro kilómetros. Tanto los pasajeros del auto como el joven camionero, fueron trasladados hasta la dependencia de la Brigada en Costa Uruguay Sur.El fiscal Sergio Rondoni Caffa convocó a un familiar de los Pieczocha, los afectados, que corroboró por las marcas que se trataban de sus animales y que no había ninguna orden ni intención de traslado. Fueron 29 los animales sustraídos, una carga que ronda el medio millón de pesos.A fines de mayo se realizó el debate, donde el fiscal Sergio Rondoni Caffa pidió una pena de seis años y medio para Eliseo Antonio Alegre, Crisanto Paredes y Carlos Quinteros, y cinco años para el conductor del camión, Leonardo Arrativel. En cambio, el defensor solicitó la inconstitucionalidad en la imputación.Más precisamente requirió la inconstitucionalidad del artículo 167 quater del Código Penal, que se basa cuando una ley es notoria y visiblemente "repugnante" a la Constitución Nacional, y es obligación de los jueces decretarla cuando afecta los derechos de los ciudadanos. En este caso, el articulo 167 quater dispone una pena que va de 4 a 10 años de prisión, y a decretarse la inconstitucionalidad se reduce el mínimo de 4 a 3 años, con lo cual se podría estar ante un delito con una pena que no solo es excarcelable, sino que además admite la probation. La inconstitucionalidad se da cuando no guarda relación el daño causado con la pena a imponer.La jueza Vivian adelantó que su fallo será condenatorio, pero resolverá el planteo de inconstitucionalidad y el monto de la pena para el próximo 15 de junio, cuando se conozcan los fundamentos de la sentencia.
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