BROTE DE COVID
Cuáles son los parámetros sanitarios para restringir las actividades nocturnas
El gobierno nacional definió dos "parámetros de riesgo" a tener en cuenta por los gobernadores para restringir la circulación.
Teniendo en cuenta que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19, y que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención, el Gobierno Nacional definió que habrá dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación: La primera cuestión es cuando el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra). La segunda será la incidencia, cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150. En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna. "Quienes deben aplicar las medidas" para mitigar la propagación del coronavirus ante el actual escenario de incremento de contagios "son las autoridades provinciales y locales", quienes pueden "avanzar en medidas que restrinjan la circulación y las actividades nocturnas", explicó el Jefe de Gabinete Santiago Cafiero.
El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas. Se informó también que el ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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