¿Cuánto valen las cosas en el país?
El mercado reúne a compradores y vendedores. Y el nexo entre la "demanda" y la "oferta" lo constituye el precio. Pero el valor de los bienes, en el actual contexto inflacionario, es confuso y hasta aleatorio.Un supermercado, por ejemplo, publicita que por la compra de dos unidades de un mismo producto, en determinado rubro y día, el consumidor se beneficia con un 60% de descuento en la segunda unidad.La pregunta que cabría hacerse es: ¿cuál es el precio real del producto? ¿El que se cobra habitualmente por ese artículo, o el de la promoción? Podríamos trasladar este ejemplo al conjunto de bienes y servicios del mercado.O en otros términos, ¿cómo saber si algo es caro o barato, además, cuando en un mismo negocio idéntico producto puede tener variaciones de hasta un 60% menos dependiendo el día en que se realiza la compra?Por otro lado, los comercios ofrecen electrodomésticos en cuotas. Cuando saca cuentas entre el precio de contado y el precio en cuotas, se encuentra con diferencias más que relevantes.Al cabo, en función del interés que se aplica en la operatoria a un año, uno podría estar pagando hasta un 45% más, cuando la inflación real rondaría el 25%.Sobre el particular, Gustavo Alonso, especialista en marketing, dijo a un medio de prensa nacional: "El cliente ya no sabe el precio real de lo que consume. Las promociones, ofertas, liquidaciones, clubes de beneficios, cupones, descuentos con tarjetas y compras agrupadas hacen que el mismo producto tenga un sinfín de precios según cuándo, dónde y cómo se compre. Con precios tan difusos, lo que reina es la confusión".Hay quienes piensan, al respecto, que hemos entrado a una era del "no precio". Estas "ayudas" al consumo "diluyeron la noción de precio y su peso al decidir la compra", sostiene por su lado Adriana Falcón, socióloga experta en conducta del consumidor.El problema es que la inflación y los precios dispersos pueden confundir al cliente y hacerlo decidir mal. La pérdida de referencia objetiva -agravada por el hecho de que las estadísticas oficiales sobre el costo de vida perdieron credibilidad- hace que el consumidor quede inerme frente a las maniobras especulativas de la oferta.Y como dice el refrán: "A río revuelto, ganancia de pescadores".Bibliotecas Populares, inembargablesLas Bibliotecas Populares de Entre Ríos, muy respetadas y queridas por los ciudadanos, son consideradas "bienes de utilidad social", por lo tanto los mismos son "inembargables e inejecutables". Así se estableció mediante la Ley N° 10171, sancionada en septiembre y promulgada hace una semana.Atento a las dificultosas situaciones que atraviesan todas las bibliotecas populares, muchas veces contadas a través de los medios de comunicación, esta normativa viene a poner en claro la defensa integral de cada una de ellas que tanto hicieron, hacen y lo seguirán concretando en el futuro.La norma -recordó APF- indica que las Bibliotecas Populares, "constituidas con Personería Jurídica vigente", son consideradas en la provincia como un "bien de utilidad social". Por ello es que los bienes que "estén afectados a la consecución directa de su objeto social", son considerados bienes sociales, por lo tanto "inembargables e inejecutables".Dispone además que las bibliotecas "que estén inscriptas en el Registro de Bibliotecas Populares de Entre Ríos" podrán constituir como bien de utilidad social "un único bien inmueble, urbano, suburbano o rural, que esté afectado a la consecución de su objeto social".Deberán solicitar ante la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares la inscripción del inmueble como bien de utilidad social, cumpliendo con una serie de requisitos, como tener el título de propiedad del inmueble; un convenio de de colaboración con el municipio o comuna donde se encuentra radicado el inmueble; y el acta de la asamblea extraordinaria por la cual los asociados hayan decidido afectar el inmueble como bien de utilidad social, entre otros.La Comisión Protectora de Bibliotecas Populares será la que decida, en un plazo de 45 días hábiles, declarar o no al inmueble como bien de utilidad social. Luego esto deberá ser comunicado al Registro de la Propiedad Inmueble.En Gualeguaychú, cuatro instituciones dedicadas plenamente al servicio del libro, de la lectura y de cada uno de los vecinos, merece un respaldo. En este caso, dado por la Ley promulgada. Pero, también, por la propia comunidad.
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