De la ordenanza a la realidad: Cada vez más cerca de la Pirotecnia Cero
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Desde el 2016 está prohibida su fabricación, depósito, transporte, venta y uso en toda la ciudad, pero en lo fáctico esto no era respetado por muchísimos vecinos. En esta Nochebuena se observó un verdadero cambio en los modos de festejar.
En diciembre de 2016, el Honorable Concejo Deliberante aprobó una ordenanza modelo para cualquier Departamento o localidad que busque vivir en un ambiente libre de pirotecnia.
Allí ordenaron que a partir del 1 de marzo 2017 se encontraba prohibido "el uso, fabricación, depósito y comercialización, tanto en carácter minorista como mayorista, de artificios pirotécnicos en todo el ejido de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, exceptuándose aquellos que sean clasificados como de "venta libre" por el Registro Nacional de Armas (R.E.N.A.R.)".
A pesar de esto, en el 2017 el uso continuó aunque en menor medida. Muchos vecinos compraban pirotecnia en localidades vecinas y luego las utilizaban dentro del ejido de Gualeguaychú. En este sentido se recibieron algunas denuncias en Inspección Municipal, aunque es complejo constatar la infracción.
Además, en consonancia con esta ordenanza, tampoco se volvieron a habilitar los comercios que abrían sus puertas por tan sólo una semana, para la exclusiva venta de elementos pirotécnicos.
Esto colaboró notablemente con una sensible baja en su uso y fue la mejor prevención para evitar accidentes que derivaban en quemaduras y hasta amputación de dedos.
La norma vigente sostiene a su vez que "la utilización de dichos productos impacta negativamente en la salud y seguridad de las personas, aumentando la ocurrencia de accidentes devenidos por la manipulación de los mencionados elementos, tanto de los que lo usen voluntariamente como así también de aquellos terceros que se encuentren expuestos a los mismos".
También que "los efectos lumínicos, sonoros y químicos producidos por los artificios pirotécnicos generan contaminación ambiental implicando un grave riesgo para el ecosistema" y que "dichos efectos son considerados como un "acto de crueldad" hacia los animales, los cuales generan efectos nocivos tanto sobre los considerados "domésticos" como sobre los silvestres y vulneran las normas vigentes sobre protección animal".
La ordenanza comenzó a verse plasmada en la realidad de Gualeguaychú que comenzó a cambiar hábitos nocivos para la protección de los animales, los niños y la convivencia vecinal.ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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