Debaten en el Senado el proyecto de ley que regula la siembra en las banquinas
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En la Cámara Alta comenzó a analizarse el proyecto que regulará la siembra y explotación de banquinas en la provincia. La iniciativa fue elevada por el senador de Gualeguaychú, Natalio Gerdau. La ley actual autoriza a Vialidad a dar permisos. La comisión de Obras Públicas del Senado avanzó en el debate del proyecto de ley que impulsa Natalio Gerdau para regular la siembra y explotación de banquinas. El senador adelantó que colectará opiniones de otros sectores para enriquecer el proyecto.Consultado sobre las consecuencias del uso para producir en banquinas, desde vialidad provincial se coincidió con el fundamento de Gerdau en cuanto a las consecuencias sobre el alcantarillado y la seguridad vial. Además aparece la fumigación, que termina con el pasto natural que hace evitar la erosión, consignó RecintoNet.Gerdau observó que aparece como único beneficio la limpieza que se genera en la zona de camino utilizada. Señaló que se tiene que contrapesar el potencial beneficio con las necesidades de mantenimiento y posibles ingresos al Estado.Recordó su experiencia al frente de la zonal Gualeguaychú donde por actos de siembra directa en banquinas, hay un perjuicio evidente en cuanto a erosión y problemas de escurrimiento. "Queremos mencionar que para presentar este proyecto nos nutrimos de una experiencia importante. El Estado tiene que encontrar los modos de preservar los espacios sobre los que tiene autoridad", agregó.El autor de la iniciativa señaló que "quizá se pueda aplicar una reglamentación para la red secundaria y terciaria de caminos, dejando prohibido que se haga uso de las banquinas de la red primaria".Se quiere dar una herramienta al Estado, que en este tema tiene que planificar y definir acciones para la defensa efectiva de sus intereses. "Es difícil, pero hay una realidad en Entre Ríos que se tiene que atender", apuntó.Cabe destacar que el proyecto impulsado por Gerdau y Garcilazo apunta a prohibir la utilización, con fines agrícolas y ganaderos, de las banquinas y cunetas de las rutas provinciales entrerrianas, respetando las superficies que por razones de seguridad deben permanecer libres de todo obstáculo para asegurar la correcta circulación en las vías.Además faculta a la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) a fiscalizar y hacer cumplir la norma.En los fundamentos que acompañan el texto, que tomó estado parlamentario el último mes y se abordó ayer por primera vez en comisión, se indica que al transitar las rutas de nuestra provincia se observa como las banquinas de las mismas se encuentran sembradas.Agrega que la mayoría de las veces se ha implantado soja y a veces se da la presencia de animales vacunos pastoreando, lo que genera un alto riesgo para la seguridad de quienes transitan la vía.Añade a la argumentación que aparece también una posible afección a la salud humana ya que en esos espacios que son del Estado se procede a la fumigación. Otra de las situaciones que dieron impulso a la iniciativa es que se producen movimientos de tierra de impacto negativo en el alcantarillado colocado para lograr el escurrimiento del agua.Gerdau y Garcilazo objetan que "todo esto se hace sin abonar ningún tipo de canon al Estado entrerriano". La ley vigenteSe encuentra vigente, desde el año 2004, la ley 9583, que autoriza a la DPV para que a través de las Zonales Departamentales, otorguen permisos precarios y onerosos para el aprovechamiento de las zonas marginales de las rutas y caminos de la Red Provincial, donde por sus características y dimensiones pudiera sembrarse pasturas, cereales y oleaginosas.En otro de los artículos se establece que en caso de darse las contrataciones entre el Estado y particulares "los permisos deberán tener una duración no inferior a tres años, serán renovables y no podrán ser cedidos, pudiendo los Organismos de Aplicación revocarlos total o parcialmente, en forma anticipada con expresión de causa y sin derecho de indemnización alguna por parte del permisionario, salvo el de concluir el ciclo del cultivo implantado con la recolección de frutos".Precisa además que en ningún caso "las explotaciones autorizadas podrán dificultar u obstaculizar de ninguna manera el tránsito vehicular por los caminos adyacentes, siendo nulas las cláusulas que no observen dicha preceptiva", entre otras disposiciones.
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