Declaran inconstitucional decreto de convocatoria a las primarias
El Juzgado Civil y Comercial N° 2 hizo lugar a un planteo de una candidata a concejal de Sergio Varisco. Natacha Massera, la actora en la causa, pidió que se impugnen los artículos 1 y 4 del Decreto N° 1479. Se cuestiona que intervenga "la misma autoridad de comicios" en la elección nacional y en la provincial del 14 de agosto.El fallo de la doctora María Cristina Ardoy tiene fecha del 16 de junio y refiere a un planteo de inconstitucionalidad presentado por Massera, precandidata a concejal del radicalismo en la lista de Sergio Varisco.La dirigente, con el patrocinio de Raúl Avero, reclamó la declaración de inconstitucionalidad del decreto de convocatoria a elecciones internas abiertas y simultáneas, en coincidencia con las primarias previstas a nivel nacional para el 14 de agosto.Especialmente se critica que sea "la misma autoridad" de comicios y de escrutinio la que intervenga en dos instancias electorales de características absolutamente distintas: 1) una instancia de primarias nacionales, obligatoria para los candidatos a presidente y a diputados nacionales, aun cuando se trate de una sola lista y también obligatoria para el elector; 2) una interna abierta y simultánea regulada por Ley Castrillón que es optativa para el elector y de la que participan solamente los partidos y categorías que tienen internas.Al ser la misma autoridad (la misma autoridad de mesa bajo el control y coordinación del Tribunal Electoral de la provincia de un lado y la Justicia Federal con competencia electoral por el otro), Massera remarca la situación de confusión para la ciudadanía y de falta de transparencia para el proceso al darse la situación que en un mismo cuarto oscuro puedan encontrarse las boletas de esos procesos electorales tan disímiles. Enojo de Rodríguez SignesJulio Rodríguez Signes, fiscal de Estado de la provincia, informó a Página Política que este viernes fue apelada la sentencia de primera instancia por la que se declaran inconstitucionales dos artículos del decreto N° 1479 de convocatoria a elecciones internas para el 14 de agosto, en coincidencia con las primarias que se realizarán ese día en todo el país. El planteo había sido formulado por una precandidata a concejal del radicalismo."El tribunal que va a resolver esta cuestión, finalmente, es la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia", afirmó y no dudó en considerar que "con absoluta objetividad este planteo es totalmente inviable, inadmisible y la sentencia es ridícula"."En primer lugar, este planteo es inviable porque no lo hace el partido político, en todo caso, que es quien podría tener la atribución según el artículo 12 de la Ley Castrillón de definir los lugares de votación", enfatizó."En consecuencia, el derecho a reclamar, respecto de la convocatoria a la elección no es del simple ciudadano si no de un partido. De otro modo, si cualquier ciudadano puede plantear un amparo respecto de la convocatoria a elecciones esto no se termina nunca más", añadió.Con relación a la competencia de la magistrada Ardoy, que dictó sentencia, el fiscal de Estado argumento que "es el Tribunal Electoral de la provincia el que es competente en esta cuestión; es el organismo que tiene rango constitucional, que es un tribunal específico con competencia exclusiva y excluyente en la materia", dijo tras repasar la integración de este cuerpo con magistrados, vocales del STJ y legisladores. Críticas al Fiscal de EstadoEl candidato a vicegobernador por el Frente Progresista Cívico y Social, Jorge D'Agostino, explicó la importancia del fallo de la jueza María Cristina Ardoy, quien hizo lugar el pedido de inconstitucionalidad presentado por la candidata a concejal Natacha Massera sobre el decreto de convocatoria a elecciones internas abiertas y simultáneas, en coincidencia con las primarias previstas a nivel nacional para el 14 de agosto.El especialista en Derecho Constitucional fustigó duramente las declaraciones del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes ante Página Política. Lo acusó de "no cumplir con el rol de fiscal de todos los entrerrianos sino de abogado del Gobernador".El compañero de fórmula de Atilio Benedetti remarcó que la declaración de la Justicia entrerriana que impugna el método impuesto para votar el 14 de agosto "es un beneficio para todos los partidos políticos".Así, D'Agostino señaló en declaraciones enviadas a este medio que si se cumple lo que dice el decreto 1479, firmado por el gobernador Sergio Urribarri, "se daría una situación sumamente confusa", ya que cuando el votante entre al cuarto oscuro se encontraría con "las boletas únicas nacionales, con voto obligatorio, y con boletas de precandidatos de internas provinciales de otros partidos políticos con voto optativo". Esa situación generaría "una gran confusión y atentaría contra la transparencia del acto comicial". Además, advirtió que "podría afectar la pureza del voto".Con respecto a las declaraciones de Rodríguez Signes, quien calificó la sentencia como "ridícula", D'Agostino enfatizó: "No cumple con su función de fiscal de todos los entrerrianos sino como abogado del Gobernador, lo que lo pone en una situación de parcialidad".También tuvo respuesta para el funcionario, quien se sorprendió a que el planteo judicial no lo haya hecho la UCR como partido político sino una candidata. "El fiscal, que es un gran abogado, sabe que cualquier entrerriano está habilitado para reclamar la inconstitucionalidad de las normas y cualquier juez puede ejercer el control de constitucionalidad", subrayó, tras lo cual afirmó que la actitud asumida por Rodríguez Signes de criticar a un juez "está más cerca de un militante que de un fiscal de Estado". Página Política
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