Declaran inconstitucionales tres artículos de la ley provincial de narcomenudeo
El juez federal de Paraná, Leandro Ríos, declaró, en el "caso Pesoa", la inconstitucionalidad de los artículos 1°, 3°, y 4° de la Ley Provincial N° 10329, conocida como ley de narcomenudeo. El magistrado tomó la decisión "en razón de que los mismos modifican la Ley Nacional N° 26.052", que tiene "mayor rango legal". Ríos destacó que la inconstitucionalidad de la norma que sancionó el pasado 22 de octubre la Legislatura deviene "de su insuficiente o incompleta asunción de las potestades jurisdiccionales para el juzgamiento de las conductas de narcomenudeo según lo prescripto por la norma federal N° 26.052", puesto que la jurisdicción provincial "asume la facultad de investigar, secuestrar y detener", pero que se determina "incompetente" para el juzgamiento y eventual sanción. El juez se expidió en el marco del legajo originado tras el operativo por narcomenudeo realizado en la capital entrerriana el 27 de noviembre, donde fueron secuestradas bochas de cocaína, marihuana y dinero, y quedaron detenidas tres personas. Se trata de un "leading case" sobre la aplicación de la norma provincial.De este modo, con la ley provincial - interpretó Ríos-, "se violenta la forma federal de gobierno, los principios y reglas constitucionales y legales de supremacía del orden federal; de jerarquía de fuentes del derecho; de radicación; de tutela judicial efectiva, de debido proceso, de defensa en juicio y de juez natural (arts. 1, 18, 31, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, en su remisión a los arts. 8 del Pacto de San José de Costa Rica; XVIII de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y por último el art. 14 de la Ley Nacional N° 48 y la propia ley 26.052)".El juez se expidió en el marco del sumario N° FPA 10184/2014, caratulado "Pesoa, Luis Alfredo (D); Izza, Gustavo Gabriel (D); Paez, Rolando Abdón (D) S/ Infracción Ley 23.737". En la parte resolutiva de la resolución, Ríos también declara "la nulidad de todo lo actuado en las presentes actuaciones, particularmente la autorización de allanamiento (fs. 3 y vta.), y el acta del procedimiento y secuestro (fs. 4/13), de conformidad con lo normado por los arts. 167 inc. 2) y 168 2da. parte del C.P.P.N", y dispuso sobreseer a las tres personas que habían sido detenidas en el operativo policial, "con la declaración de que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado, disponiendo la inmediata libertad de los nombrados"; y devolverles los efectos personales secuestrados.Además, envió a destruir el material estupefaciente secuestrado y ordenó comunicar su resolución al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, a la Procuración General del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Entre Ríos, a la Jefatura de Policía de la Provincia de Entre Ríos, y al Centro de Información Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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