Desde Amarras explicaron los motivos de la apelación al fallo
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Los representantes de la empresa "Altos de Unzué" S.A. enviaron un comunicado a ELDïa para dar a conocer los motivos de la apelación al fallo del Juez Marcelo Arnolfi. A continuación, el comunicado emitido por la empresa: "La historia demuestra que las economías de los pueblos necesitan desarrollo para prosperar individual y colectivamente. Ambos pueden venir de muchas maneras, y una de ellas son los emprendimientos productivos -rurales y urbanos- que se reflejan en inversiones genuinas de personas que confían en el lugar y quieren progresar para el bien propio y general.La revolución industrial priorizó el desarrollo industrial con total ausencia de políticas ambientales para preservar los recursos naturales. De este desapego nació el desarrollo sostenible, que busca equilibrar el desarrollo económico con el cuidado ecológico. Coexistiendo armónicamente uno y otro no se vulneran entre sí; ya que lo contrario -la crisis entre ambos- terminaría por generar graves perjuicios para la economía regional, con graves impactos de tipo social.El emprendimiento Amarras del Gualeguaychú se diseñó justamente en el marco del desarrollo sostenible, buscando el equilibrio ideal entre el desarrollo necesario y la preservación del ambiente, recreando un hábitat urbano vinculado íntimamente con la naturaleza local. Para ello se realizó un diagnóstico preliminar, siguiendo las directrices de una evaluación ambiental estratégica, que le dio sentido al proyecto urbano, acomodándose a la realidad ambiental y no forzándola como ha sucedido en otros tantos casos, optimizando el proyecto hidráulico y a los planes de manejo ambiental, constituyéndose en pionero a nivel provincial, obedeciendo a estándares internacionales de arquitectura, urbanismo y medio ambiente.Los estudios no se agotaron en conjeturas teóricas, sino que se volcaron en vastos informes técnicos realizados por equipos de profesionales de primera línea, con gran experiencia en materia urbana ambiental. El proyecto fue recibido con entusiasmo por todo el arco social y político de Pueblo General Belgrano -huésped del proyecto-, aprobando los Concejales los instrumentos jurídicos para avanzar en una obra que ponderaron muy beneficiosa para la ciudad, sus vecinos y el Gobierno Provincial. A su vez, la evaluación de los términos ambientales, hidráulicos, etc., se sometió a los organismos de control superiores provinciales, cuidando la máxima objetividad para resguardar los intereses de la gente de Pueblo Belgrano y de la vecina Gualeguaychú.Luego de años de tránsito burocrático en distintas dependencias provinciales, en los que la empresa fue cumpliendo paso a paso con toda la documentación y los estudios requeridos, se le otorgaron todos los permisos y aprobaciones requeridas, pudiendo ofrecer obras totalmente lícitas, con amplia seguridad jurídica para inversores y futuros habitantes. Cumplió también con el Plan de Comunicación, garantizando la participación ciudadana, en línea con la licencia social que el fallo afirma dejada de lado...Desinteligencias, recelos, envidia, exceso de protagonismos, y hasta mala fe sistemática de personas y sectores que por egoísmo, conveniencias o especulaciones infundadas atacaron el Proyecto de todos los modos posibles y por todos los medios disponibles, sin importarles la verdad; logrando finalmente el objetivo de instalar al Proyecto como un "dañador ambiental serial".Desconocemos qué hicimos o dejamos de hacer para merecer esto; y las veces que quisimos averiguarlo convocando a los detractores a audiencias públicas con nuestros expertos, no aparecieron, o lo hicieron exhibiendo sobreactuación, negación y resentimiento inexplicable. El fallo del Dr. Arnolfi responde al ensañamiento con el que algunos actores han interpretado el Proyecto Amarras.Sin ingresar en tecnicismos, queremos informar que la Sentencia hasta el momento no es definitiva, siendo apelada ante el Superior Tribunal de la Provincia, por ser arbitraria, injusta y parcial. El Juez no tuvo en cuenta en su evaluación ningún estudio técnico, desconociendo lisa y llanamente los Expedientes de los distintos Organismos que autorizaron el Proyecto. Gravísima omisión. Tampoco se produjeron las pericias ofrecidas por las partes (incluido Majul), imprescindibles para adoptar semejante decisión.Es destacable que del fallo surge la calidad no solo de Juez sino también la de parte y perito, estando plagado de valoraciones personales sobre ingeniería, biología y demás cuestiones en que un magistrado literalmente no puede intervenir, sin respaldo técnico-científico de ningún profesional de esas áreas. Es sorpresivo incluso el profundo error en la implementación del Derecho Ambiental por parte del Juzgado, implementando el principio precautorio livianamente, sin poder articular los elementos legales que le dan validez: la ausencia de información científica.Insistimos, Amarras ha realizado todos los estudios que demuestran la no afectación al ambiente y sus recursos, lo cual fue evaluado minuciosamente por la Secretaría de Ambiente Provincial. Asimismo, puede afirmarse que no existirá riesgo de inundación ni temas relacionados debido a las obras a realizar, estudios aprobados ni más ni menos que por la Dirección Provincial de Hidráulica. Si la Justicia funciona, el emprendimiento podrá retomar sus actividades", concluyeron.
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