Destacan el monotributo y la Obra Social para no precarizar el trabajo

Las cooperativas de trabajo proporcionan a muchos vecinos de una fuente de trabajo digna.El Estado Municipal desde hace un tiempo promueve a las cooperativas de trabajo como un pilar clave, entendiendo que su existencia y promoción proporcionan a muchos vecinos de una fuente de trabajo digna.La cooperativa de trabajo es una entidad autogestionaria y en este sentido el director de Cooperativas Mauricio Weber define a la autogestión como "una etapa en la que se abre infinitas posibilidades para cada uno de los socios que forman parte de la empresa social pero que también, a partir de que se instaura la gestión colectiva de los trabajadores no está exenta de problemas". Posiblemente todos esos problemas son parte de uno mayor: la ausencia de un modelo autogestionario que defina un camino claro hacia una empresa de trabajadores auto gestionados, económicamente viable y que logre sobrevivir a la competencia del mercado capitalista.En definitiva, todos los asociados a cooperativas deben tener cubierto los siguientes aspectos: Aspecto impositivo, parte previsional, obra social, cobertura de seguro.Cabe destacar que estas herramientas permiten al socio no precarizar su ámbito laboral.La opción, más utilizada, es la inscripción del asociado en el régimen simplificado (Monotributo). Con esta inscripción se logra cubrir los tres primeros aspectos: impositivo, previsional y obra social. Solo quedaría por contratar un seguro que cubra accidentes laborales, enfermedad a causa del ámbito laboral, incapacidad parcial o total y muerte.La responsabilidad de que se realicen los aspectos impositivos y los aportes provisionales corresponden a sus asociados y es exclusividad del Consejo de Administración de cada cooperativa, hacer saber a sus socios de las responsabilidades, obligaciones y derechos en relación a los temas impositivos, provisionales, obra social y cobertura del seguro."La autogestión requiere desde su misma definición gran capacidad de adaptación, administración responsable y de democracia interna." afirma Weber. MONOTRIBUTOEn referencia a este tema en particular, el Contador, Javier Garbarini, Director de la Revista Lazos Cooperativos, un medio de comunicación cuyo objetivo fundamental es promover y difundir el cooperativismo y mutualismo explica cuál es la situación de los asociados de cooperativas de trabajo con respecto al monotributo: "En primer lugar hay que dejar en claro que, los asociados a cooperativas de trabajo no revisten el carácter de trabajadores en relación de dependencia. Por lo tanto la cooperativa de trabajo no actúa como empleadora salvo los casos previstos en la Resolución INAES 360/75. Se desprende que dichos asociados deben canalizar sus aportes provisionales como trabajadores autónomos o, desde el 24/6/99 mediante Resolución General de AFIP N° 619/99, adherir al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes."En tanto la referente del "Programa Trabajo Auto gestionado", Mariana Alurralde de la Oficina de Empleo nos comenta que, "la gestión del monotributo es personal y es obligatorio, en caso de los cooperativistas, se les pide la documentación de la unidad productiva auto gestionada de la que son socios ". OBRAS SOCIALEn este punto es fundamental aclarar que existe una gran diferencia entre lo que es la cobertura de la Obra Social y el Seguro del trabajador. La cobertura de la obra social es total en caso de cualquier tipo de enfermedades, accidentes fuera del lugar de trabajo, consultas y/o controles de salud, y el seguro tiene una cobertura solo en obra - en caso de las cooperativas de trabajo en el área de la construcción- o camino a la obra en caso de tener, por ejemplo, un accidente yendo a la obra.
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