Diputados rechazaron el jury contra Pañeda

Eduardo Jourdán preside la Comisión de Asuntos ConstitucionalesLa Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados que preside Eduardo Jourdán rechazó el pedido de Héctor Maya y se declaró "incompetente" para enjuiciar al resto de los integrantes del Tribunal. Para la comisión "no aparece configurada ninguna causal de mal desempeño".
La Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados rechazó el pedido de juicio político a la presidente del Superior Tribunal de Justicia y del Tribunal Electoral, Leonor Pañeda, consignó APF.La comisión que preside Eduardo Jourdán, se declaró incompetente para juzgar al resto de los integrantes del Tribunal y afirmó categóricamente que "no aparece configurada o descripta en modo suficiente, ninguna causal de mal desempeño que justifique la apertura del proceso de Juicio Político, ya que a todas luces la denuncia se circunscribe a efectuar críticas al criterio aplicado en el caso por el Tribunal Electoral Provincial".Maya acusó a Pañeda y a los miembros del Tribunal Electoral Provincial, por mal desempeño en el ejercicio del cargo. Y les cuestionó el criterio adoptado para impedirles oficializar las candidaturas que impulsaba la Unión Provincial, lo que se decidió a partir de una resolución firmada por el Tribunal Electoral Provincial, con la firma de todos sus miembros. Es decir, Leonor Pañeda, en su carácter de presidenta y los vocales Claudia Mizawak, Viviana Murawnik, José Oscar Cardoso y Raúl Taleb argumentando que, tal como había advertido el Procurador General, el partido Unión Provincial caducó en fecha 3 de junio de 2011, fecha en que el Juez Federal con competencia electoral Distrito Entre Ríos, hizo lugar al pedido de fusión de los partidos Acción por la República y Unión Provincial.Luego de repasar las instancias del proceso, la comisión menciona los fallos de los tribunales nacionales y provinciales y advierte que no tiene elementos "que pongan en duda la caducidad partidaria reiteradamente sostenida en diversos fallos".Para la comisión "la existencia de fallo firme de la Cámara Nacional Electoral, sobre la caducidad de la personería, a partir de la fusión Acción por la República y Unión Provincial, hace que toda otra argumentación sobre recursos o acciones pendientes carezca de importancia a efectos de analizar si estamos, con los elementos que tenemos a la vista, ante una causal de mal desempeño de los miembros del Tribunal, susceptible de provocar acusación, defensa y recolección de pruebas que luego pudiera terminar en una formal acusación contra los funcionarios ante el Senado constituido en Corte de Justicia", afirmó.
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