El Consejo Económico y Social es ley, pero no se constituyó
Es una de la media docena de leyes que alcanzó a sancionar la Legislatura para reglamentar la Constitución, sin embargo no pudieron ponerlo en marcha. Brasesco pedirá formalmente su integración.Paraná (RN). El Consejo Económico y Social es una de la media docena de leyes aprobada por la Legislatura para reglamentar la Constitución. El texto, sancionado por unanimidad por las dos cámaras y promulgado bajo el número 9939, no fue reglamentado por lo que su constitución es inviable. Luis Agustín Brasesco (UCR), el vicepresidente de la Convención Constituyente, reclamará su integración."La constitución del Consejo es una de las deudas fundamentales porque debe ponerse en marcha" dijo a RecintoNet el ex senador y convencional constituyente, Luis Agustín Brasesco, quien destacó que la sanción de esta propuesta se logró "por unanimidad en las dos cámaras" luego de un intenso trabajo en comisión donde los convencionales también fueron consultados."Si pensamos que se quiere hacer un despegue económico y social y se proponen puertos y ferrocarriles, el Consejo Económico y social sería un gran apoyo y una herramienta de valor porque allí estarían representados todos los sectores", evaluó Brasesco.El senador (mc) adelantó que para pedir la constitución del Consejo solicitará una audiencia formal con el gobernador Sergio Urribarri, pero aclaró que lo hará "como ex vicepresidente primero de la Convención Constituyente y despojado de toda representación política" y "una vez pasados los cimbrones de la interna partidaria para evitar cualquier suspicacia" aclaró Brasesco.La ley 9939 impulsada por los senadores Héctor Strassera (PF-Concordia), Osvaldo Chesini (PF-Gualeguaychú) y Carlos Garbelino (PF-Victoria) define que el Consejo es "un órgano de consulta y asesoramiento" que estará integrado por con nueve representantes del sector empresario (tres por la industria, tres por la actividad agropecuaria y tres por los servicios, tres miembros de cooperativas y mutuales; tres delegados de los colegios profesionales; tres en representación de las universidades nacionales con sede en la provincia; y tres por entidades sociales, educativas o científicas y sus dictámenes no serán vinculantes.Qué dice la ConstituciónARTÍCULO 53
El Consejo Económico y Social es un órgano de consulta de los poderes
públicos, cuya función será producir informes y dictámenes no vinculantes para la elaboración de políticas de Estado. Tendrá autonomía funcional y estará integrado por representantes de la producción, el trabajo, el ambientalismo, la educación, las profesiones, la ciencia y la tecnología en los términos en que la ley lo establezca.
Sus miembros serán elegidos por las entidades representativas de cada sector.
Forman parte del Consejo para el asesoramiento y la elaboración de las
políticas específicas, los departamentos de familia, salud y cultura, como asimismo otros que se estimen necesarios. Son integrados por representantes de las entidades vinculadas a la materia, con participación regional y propendiendo a la descentralización. (RecintoNet)
El Consejo Económico y Social es un órgano de consulta de los poderes
públicos, cuya función será producir informes y dictámenes no vinculantes para la elaboración de políticas de Estado. Tendrá autonomía funcional y estará integrado por representantes de la producción, el trabajo, el ambientalismo, la educación, las profesiones, la ciencia y la tecnología en los términos en que la ley lo establezca.
Sus miembros serán elegidos por las entidades representativas de cada sector.
Forman parte del Consejo para el asesoramiento y la elaboración de las
políticas específicas, los departamentos de familia, salud y cultura, como asimismo otros que se estimen necesarios. Son integrados por representantes de las entidades vinculadas a la materia, con participación regional y propendiendo a la descentralización. (RecintoNet)
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