El Ejecutivo oficializó la reforma del régimen electoral en la provincia
:format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/adjuntos/240/imagenes/000/013/0000013563.jpg)
La denominada "ley corta", que modifica parcialmente el régimen electoral de la provincia, fue publicada en el Boletín Oficial bajo el número 10615. Dispone que el Gobernador podrá definir si se desdoblan las elecciones generales y las primarias para cargos provinciales.La norma tuvo media sanción en el Senado el 22 de agosto pasado, y recibió sanción definitiva el 28 de ese mismo mes en la Cámara de Diputados. Allí fue votada sobre tablas y fue acompañada por la mayoría del bloque justicialista, todo Cambiemos y los dos representantes de bloques unipersonales que estaban presentes.La Ley N° 10.615 modifica el artículo 2° de la Ley N° 9659, la "ley Castrillón", por el cual permite el desdoblamiento.Además incorpora un segundo párrafo del artículo 94° de la Ley Electoral N° 2988.A continuación se reproduce el texto completo de la Ley N° 10.615:Art. 1° - Modifíquese el artículo 2° de la Ley N° 9659, conforme a la redacción dada por el artículo 2° de la Ley N° 10357, el que quedará redactado de la siguiente manera:"Artículo 2: Elecciones. Realización. Las elecciones generales de cargos provinciales, municipales, comunales y de juntas de gobierno deben celebrarse el segundo domingo de junio del año en que correspondan las elecciones generales, o bien en forma simultánea con las elecciones nacionales.Las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) para los candidatos provinciales, municipales, comunales y de juntas de gobierno, deben celebrarse el segundo domingo de abril del año en que se realicen las elecciones generales, o bien en forma simultánea con las elecciones PASO nacionales.La convocatoria de ambas elecciones será realizada por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial o en su defecto por la Legislatura, con una antelación no menor a 150 días de la realización de las elecciones generales."
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ESTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios


