El gobierno impulsa constituir la "Compañía Entrerriana de Tierras"
Será una sociedad del Estado que tendrá por objeto la compra y venta de bienes inmuebles. Un ministro lo explicó en Diputados.El Poder Ejecutivo remitió a la Legislatura un nuevo texto de ley. Esta vez pide autorización para constituir una Sociedad del Estado, que se regirá por las disposiciones de la Ley Nacional N° 20.705, y que se denominará "Compañía Entrerriana de Tierras" S.E., y actuará en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social.El Estado será su fundador y el que aporte el capital para su constitución que inicialmente serán de 5 millones. El directorio será designado por el gobierno.El proyecto, al que accedió RecintoNet, establece que la sociedad tendrá por objeto "la compra y venta de bienes inmuebles para facilitar el acceso a la tierra y construcción de vivienda, realizar loteos, urbanizaciones, mejoramientos de espacio del hábitat y regularización dominial, atendiendo especialmente las necesidades de trabajadores, jóvenes, familias numerosas, desocupado y en general población con ingresos medios y bajos.Para tal fin estará facultada, entre otros, para: adquirir bienes inmuebles para destinarlos a loteo urbano/suburbano; realizar los loteos de urbanización y espacios de hábitat; desarrollar un sistema de inscripción para la adquisición por parte del sector especificado, a precios justo; transmitir y adjudicar el dominio a los beneficiarios; transmitir a título gratuito, de acuerdo a lo que con posterioridad se reglamente para el sector que así lo amerite.Según dice el proyecto, el capital inicial será de cinco millones de pesos y estará representado por certificados nominativos negociables entre los entes enumerados en el artículo 1 de la Ley N° 20.705."Cada certificado nominativo da derecho a un voto. Por resolución de la Asamblea, el capital podrá elevarse hasta el quíntuplo de su monto, conforme con el artículo 188 de la Ley N° 19.550. La Asamblea sólo podrá delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago. La resolución de la Asamblea se publicará e inscribirá". La AdministraciónEstará a cargo de un directorio integrado en la forma y condiciones que establezca la reglamentación. El directorio estará integrado por un mínimo de tres y hasta un máximo de cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Desarrollo Social.También habrá un Consejo que estará integrado por un mínimo de dos miembros, designados por el Poder Ejecutivo como representante del Estado Provincial, uno a propuesta del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y uno a propuesta de Fiscalía de Estado. En el estatuto se reglamentará la organización del Consejo de Vigilancia.Los directores serán electos por dos ejercicios, pudiendo ser reelegibles. Con carácter especial, la duración del mandato del primer presidente será de tres ejercicios. Los fondosEn el artículo sexto, se dispone que el aporte inicial de capital del Estado provincial será de hasta cinco millones de pesos que será integrado por el Poder Ejecutivo conforme las disponibilidades presupuestarias y financieras que tenga.La sociedad a constituirse y las operaciones comerciales que esta realice gozarán de la exención total de cualquier tipo de impuestos de orden provincial. Por los actos necesarios para la inscripción de la sociedad no corresponderá tributar tasa Retributiva de Servicios, advierte el proyecto. Estado parlamentarioTomó estado parlamentario el proyecto de ley. Fue girado a la comisión de Tierras el proyecto de ley que autoriza al Poder Ejecutivo "a constituir una Sociedad del Estado, la que se regirá por la disposiciones de la ley nacional 20.705, que se denominará 'Compañía Entrerriana de Tierras'.
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