El Gobierno provincial apeló el fallo que restringe las fumigaciones
Finalmente el Gobierno provincial apeló ante el Superior Tribunal de Justicia el fallo de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial que anuló el decreto que regulaba las distancias mínimas para fumigaciones. En tanto, la Sala Penal del STJ se excusó de intervenir y el Foro Ecologista de Paraná cree que no hay motivos para que se aparte.
El debate por la aplicación de agroquímicos sobre los sembradíos que rodean las escuelas rurales sigue abierto en los tribunales entrerrianos.
Un repaso rápido diría que todo comenzó cuando el juez Oscar Benedetto hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el Foro Ecologista de Paraná y Agmer, y prohibió en forma provisoria las fumigaciones terrestres con agroquímicos en un radio de mil metros alrededor de las escuelas rurales y las aspersiones aéreas a menos de 3mil metros; y el fallo fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
El Gobierno quiso cubrir el vacío legal a través de un decreto mediante el que reduce las distancias a 100 y 500 metros, respectivamente, pero no presentó información ni estudios que justificaran esa decisión. Entonces el juez Andrés Marfil, de la Sala Civil y Comercial, declaró la inconstitucionalidad del decreto e instó al Gobierno a que realice "los estudios ambientales correspondientes para determinar hasta qué punto resulta plausible extender esta práctica agrícola sin afectar la salud humana de las personas protegidas". El asunto entonces vuelve al alto cuerpo y ahora la discusión para por determinar qué jueces tratarán el caso.
En el medio se metió el Presidente Mauricio Macri, en su última visita a la provincia, donde criticó el fallo, pero terminó confundiendo un decreto con una ley, una ley con un fallo judicial y un fallo judicial con una ley. De paso, se llevó un "enérgico rechazo" de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial por sus palabras.
Ahora, el Foro Ecologista de Paraná hizo una presentación para que no se admita la excusación de los integrantes de la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal para intervenir en el asunto por haber sido ellos mismos -Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio- quienes confirmaron el fallo del juez Benedetto.
El tribunal ad-hoc que analizaría la apelación del Gobierno provincial está integrado por los vocales Martín Carbonell, Germán Carlomagno y Emilio Castrillón.
Lo que está en discusión es la constitucionalidad del Decreto Número 4.407, por el cual se estableció que las "aplicaciones terrestres de fitosanitarios" podían realizarse a 100 metros de las escuelas, y las aplicaciones aéreas, a 500 metros.
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