El Iosper erradica el cobro de plus en partos mediante la aplicación de multas
El Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) consiguió erradicar mediante la aplicación de multas el cobro de plus en prácticas de parto en las clínicas de la provincia.La obra social aplicó penalidades de 1.000 pesos por cada caso denunciado por los afiliados, monto que en los últimos meses fue retenido de las facturaciones presentadas al cobro por la Asociación de Clínicas y Sanatorios de Entre Ríos.Según dijo Silvio Moreyra, presidente de la obra social, la práctica impuesta era que los sanatorios facturaban por fuera de la prestación la atención de la partera en los nacimientos, situación que el Iosper consideró violatorio del convenio prestacional.Por eso, y ante la denuncia de los afiliados, decidió aplicar una multa de 1.000 pesos por cada caso denunciado. "Cada parto el Iosper lo paga 1.800 pesos, o sea que la multa representaba más del 50 % de ese valor. Esto da cuenta de lo importante que es el hecho de que el afiliado denuncie los cobros indebidos", aseguró.La disposición del Iosper había sido cuestionada por las clínicas, que fueron con un recurso de apelación ante el Poder Ejecutivo, que resolvió rechazarlo, según se desprende del texto del decreto N° 314, publicado el viernes en el Boletín Oficial.La actuación de la obra social había surgido luego del reclamo de varios afiliados que fueron al Iosper a reclamar el reintegro de los gastos que tuvieron que afrontar en concepto de honorarios de obstetras, "entendiendo el Departamento de Prestaciones Médicas que se trata de un cobro indebido ya que la prestación está incluida en el módulo de parto y cesárea, por lo que corresponde el reintegro al afiliado y debitar los montos a la clínica, siendo esta opinión compartida por el Departamento Convenios Asistenciales".El decreto N° 314 concluye que los servicios profesionales de los obstetras están incluidos en el gasto por internación de los afiliados, por eso ante "el incumplimiento grave" en el que habrían incurrido las clínicas se resolvió aplicarles una sanción.La medida, sin embargo, fue cuestionada por los sanatorios que consideraron que la pena resultó "lesiva y arbitraria", y que el Iosper "rompió el equilibrio de las prestaciones al aplicar sanción sin citar a las partes, y privó del ejercicio del derecho de defensa y debido proceso, tanto a los obstetras como a los sanatorios castigados, pues no los citó previamente", consigna El Diario.Pero al revalidar la medida de la obra social, el Poder Ejecutivo, ante quien recurrieron las clínicas, concluyó que la obra social estuvo "debidamente motivada" y que "ya que en sus considerandos (de la resolución por la que se aplicó la multa) se lee claramente el hecho irregular que dio origen al expediente y en virtud del cual se aplicó la sanción, los datos de los expedientes administrativos, los números de los recibos otorgados por cada uno de los obstetras a los afiliados perjudicados, así como también el análisis del incumplimiento contractual por cobro indebido". (El Once Digital)
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