CORONAVIRUS
El Juzgado Federal reforzará los controles y penará los que no respeten el aislamiento

Se emitió un comunicado en el cual informan las disposiciones a tener en cuenta durante la crisis sanitaria provocada por el brote de coronavirus.
Según un comunicado emitido por el Juzgado Federal de Gualeguaychú, el organismo judicial brindó precisiones respecto a los aislamientos obligatorios y las penalidades que aplicarán en caso de no respetar el aislamiento y la cuarentena obligatoria en caso de ser aplicada. “Este comunicado fue emitido considerando por un lado que algunas noticias que circulan por redes sociales y algunos medios de comunicación no son veraces en su totalidad y debido a consultas que se han recibido en el Juzgado Federal de Gualeguaychú y con el fin de brindar certeza en la información”, comenzó el texto, que en un segundo párrafo agregó: “Debido a la emergencia pública en materia sanitaria que ha sido declarada por la ley 27500 41 se establece entre otras cosas en su artículo séptimo, que deberán permanecer aisladas durante 14 días, plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica las siguientes personas” que se detallan a continuación. A- Quienes revistan la condición de casos sospechosos, es decir toda persona que presente fiebre y otros síntomas respiratorios y que además en los últimos días tenga historial de viaje a zonas afectadas o haya estado en contacto con casos confirmados de coronavirus. B- Quienes posean confirmación médica de haber contraído El Covid-19. C- Los contactos estrechos de las personas comprendidas en los apartados anteriores, precedentes en los términos en que lo establece la autoridad de aplicación. D-Quienes arriban al país habiendo transitado por zonas afectadas. Estas personas deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas sin excepción. No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional, los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria. Concluyendo la referida normativa es que en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas en el presente artículo, los funcionarios, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal. La autoridad judicial de la ciudad de Gualeguaychú e Islas del Ibicuy que eventualmente deberá tomar conocimiento e investigar tales conductas es este Juzgado Federal. En razón de ello es que apelando a la responsabilidad social, la herramienta más importante para luchar contra el coronavirus es que exhortamos a toda la ciudadanía a estar alertas y si cualquier persona toma conocimiento de que algún conocido viola esta normativa lo ponga en conocimiento de este tribunal o en su defecto en las fuerzas de seguridad (tanto locales como federales), de las autoridades sanitarias y o municipales o de la Fiscalía Federal quienes seguidamente lo comunicarán a esta sede judicial para poder instruir y sustanciar la respectiva causa penal.
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