BROTE DE COVID
El municipio decretó el uso obligatorio del tapaboca en espacios cerrados
En el marco del aislamiento social, la Municipalidad dispuso nuevas medidas preventivas y reforzó las recomendaciones para prevenir el contagio de COVD-19 en Gualeguaychú.
Desde la Municipalidad se publicó el decreto 1790/2020 que determina el uso obligatorio de tapaboca en lugares o espacios cerrados, en toda la ciudad. Se destaca que los tapabocas no excluyen a las demás medidas, solo ofrecen cierta protección y funcionan si se combinan con el lavado de manos y el distanciamiento social. Se recomienda que su uso sea de la siguiente manera: Siempre lavarse las manos antes y después de usar el tapabocas. Usar los amarres o lazos para colocar y retirarlos. No tocar el frente del tapabocas cuando se retire el mismo. Colocar y retirar el tapabocas dentro del hogar. Usar de manera que cubra, hacia arriba, hasta cerca del puente de la nariz, y hacia abajo, por debajo del mentón. Usar tratando de apretar los amarres para que quede pegado en la cara, sin dejar espacios libres. No utilizarse en menores de tres (3) años. No utilizar en personas con dificultad respiratoria por otras causas. No usarlo por debajo de la nariz. No usarlo de manera floja, no dejar espacios a los dos lados. No bajarlo y dejarlo en el cuello para descansar en el. Recomendable en tela de varias capas que cubran nariz y boca, que se lave y se cambie a diario. Uso individual. Debe poder lavarse, plancharse y reutilizarse. Para determinar estas disposiciones se tuvo en cuenta que en este contexto, el COES Local resaltó la recomendación de uso, sumándose a las demás medidas para la prevención del contagio del virus, como el asiduo lavado de manos con agua y jabón, el distanciamiento social, entre otras, reiterando siempre que las pautas para cuidados de todos los habitantes se mantienen y toda persona que no se encuentre amparada bajo las excepciones normativas debe permanecer en su domicilio particular, priorizando su salud y la de los demás. No siendo viable actualmente una reunión social de personas, pese al uso de estos barbijos caseros. Que asimismo, se ha destacado oportunamente desde la Secretaría de Acceso a la Salud de la Nación que "su uso puede ser útil como un elemento para proteger a los demás de eventuales contagios ante la posibilidad de que el que lo usa sea un infectado asintomático o que se encuentre en el estadio anterior a la etapa de síntomas". Que según lo citado, el COES local mediante Acta fechada 14 de julio del año 2020, conforme el marco actual de la situación epidemiológica en la ciudad, en relación al TAPABOCAS (o barbijo casero) estima como necesario extremar su uso en todo espacio cerrado. Que es necesario recordar que para la población común no es recomendable el uso de barbijo quirúrgico (N° 95) o reglamentario, debido a que los mismos deben ser reservados para uso del personal de salud o pacientes con síntomas y su disponibilidad es muy limitada.
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