El Senado dio media sanción al proyecto de Ley de Víctimas
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El Senador nacional del Frente para la Victoria, Guillermo Pedro Guastavino, informó que se le dio media sanción a un proyecto de ley ampliamente debatido, consensuado y con mucha participación.El legislador entrerriano expresó: "estamos reconociendo un derecho que nunca debió haber sido pasado por alto". Fue al iniciar el debate del proyecto de Ley Nacional de Protección, Derechos y Garantías de las víctimas de delitos, que fue votada ayer por unanimidad en la Cámara Alta y modificó la iniciativa que tenía media sanción por parte de la Cámara de Diputados."Este es un tema que se ha analizado ampliamente en plenarios de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, de Derechos y Garantías y de Presupuesto y Hacienda a lo largo de los últimos tres meses, en 7 reuniones plenarias", explicó Guastavino."El debate fue abierto a todas las Instituciones sociales; Juristas; Oficinas de atención a las víctimas de distintas provincias; por la Comisión pasaron más de cincuenta víctimas y familiares que nos dieron su testimonio, su opinión, que nos convencieron que era necesario contar con una ley de estas características", enfatizó.Aspectos principales de la norma Reconoce y garantiza los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial, el derecho al asesoramiento, asistencia, representación, protección, verdad, acceso a la justicia, tratamiento justo, reparación, celeridad en el proceso. Estipula que las autoridades deberán actuar bajo tres principios rectores: a) Rápida intervención, b) Enfoque diferencial del problema de acuerdo a cada caso particular; c) Principio de no revictimización.Se establecen los derechos de las víctimas. Entre otros: a recibir un trato digno y respetuoso y que sean mínimas las molestias derivadas del procedimiento; a que se respete su intimidad; a requerir medidas de protección; a ser asistida en forma especializada; a ser informada sobre sus derechos; a que las pericias sean realizadas con la mayor celeridad posible; a intervenir como querellante o actor civil en el procedimiento penal.Asimismo, la Ley establece que la víctima tendrá derecho a recibir gratuitamente el patrocinio jurídico que solicite para ejercer sus derechos, y en su caso para querellar, si por sus circunstancias personales se encontrare imposibilitada de solventarlo.También deberán atenderse los gastos de traslado, hospedaje temporal y sostén alimentario de urgencia que fuera necesario, cuando por sus circunstancias personales, la víctima se encontrare económicamente imposibilitada para hacerlo.Se contemplan como situaciones de peligro que ameritan especial tratamiento y celeridad, cuando la persona fuera víctima, entre otros, de: a) Delitos contra la vida; b) Delitos contra la integridad sexual; c) Delitos contra la mujer, cometidos con violencia género; d) Delitos de Trata de Personas.
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