El Senado sancionará nueva ley de comunas
La Cámara de Senadores avanzará, en breve, en una nueva ley de comunas para reglamentar la manda constitucional. Lo harán sobre una nueva versión ya que hay diferencias sustanciales con la que aprobó Diputados tiempo atrás."Vamos a tratar de aprobar este proyecto en las próximas semanas", expresó a Recintonet el senador y presidente de la bancada oficialista, Hernán Vittulo, quien destacó a su vez el trabajo que imprimió a ese texto la comisión de Legislación General que preside Melchiori.Ratificó que en el Senado no se tratará la versión que aprobó Diputados, sino que se sancionará, una vez que esté el despacho confeccionado, una nueva versión.El texto de senadores establece dos tipos de comuna: las que congregan entre 500 y 1.000 habitantes, que serán gobernadas por una comisión comunal de tres miembros, y las que congregan más de 1.000 hasta 1.500 habitantes, que serán gobernadas por una comisión comunal de cinco miembros. Mientras que Diputados determina tres tipos de categoría: de 1.500 a 1.000 habitantes; de 999 a 500 habitantes y de 499 a 200 habitantes.También hay diferencia en la modalidad de gobierno y en el tipo de selección de las autoridades, ya que el texto de Melchiori y Vittulo determina que en las comunas gobernadas por comisiones de tres miembros, dos de ellos representan al partido que gana la elección y uno al que sale segundo. En las de cinco miembros se dividirán cuatro para el partido que gana y uno al que sale segundo.Además, se establece que el presidente será un vocal elegido por sus pares. Podrá seleccionar un vicepresidente para reemplazo temporario. Para ser autoridad se deberá tener cuatro años de residencia efectiva en el lugar y la forma de elección de los vocales será directa y se estará en el cargo durante cuatro años con posibilidad de continuar en caso de ser reelecto.En el texto de Diputados se establece que la lista ganadora se adjudicará la mitad más uno de los cargos de la "Junta" y el resto se distribuirá entre las restantes listas participantes por el sistema de repartición proporcional denominado D'Hont. El primero de la lista de candidatos ganadores ejercerá la función de presidente de la respectiva junta de gobierno comunal. Además se determina que en la primera reunión de la "Junta" se elegirán, de entre los miembros titulares, por simple mayoría, un secretario y un tesorero.
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