El STJ confirmó sentencias a favor del IAFAS
De ese modo, quedan firmes los fallos que rechazaban los amparos presentados por los trabajadores de casinos. Y el Gobierno tiene vía libre para practicar descuentos por días de paro.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó una decena de fallos que, en primera instancia, habían rechazado respectivos amparos presentados por empleados del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas) contra la decisión del organismo de aplicarles descuentos salariales por adhesión a medidas de fuerza sindicalesDe ese modo, el Gobierno consigue un refuerzo de tipo judicial a la política llevada adelante hasta aquí en su relación con los sindicatos que agrupan a trabajadores del Estado y, particularmente, en su determinación de no pagar los días no trabajados por huelga. "Hasta ahora, ningún juez falló en contra del Iafas; todas las sentencias en primera instancia han sido a favor, y ahora se suma esta resolución del Superior", confirmó ayer el abogado Daniel Trillo, asesor legal del organismo que regula el juego en Entre Ríos, ante una consulta.Las medidas de fuerza, que durante enero pusieron en jaque a los casinos y salas de juegos del Iafas en toda la provincia, habían sido una reacción luego de que el Gobierno resolviera dar intervención al sector privado en la explotación de los casinos de Victoria y Concepción del Uruguay. La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) entendió que así se violentaba el texto de la Ley N° 5.144, de creación del Iafas.En ese contexto, promovió el 12 de enero una acción judicial denominada técnicamente mandamiento de prohibición, a través de la cual pretendió que la Justicia dictara una medida que pusiera freno a la determinación del Ejecutivo. Pero el entonces juez de feria Roberto Croux rechazó el planteo. El juez sostuvo en su resolución que no podía actuar en un asunto que no se había concretado, la denunciada privatización del juego.La apelación que presentó ATE ante el STJ no prosperó: el máximo tribunal confirmó la sentencia de primera instancia.Y algo similar ocurre ahora con los fallos que amparan los descuentos salariales. Más sentenciasTampoco el gremio consiguió una marcha atrás en los descuentos salariales. El primer pronunciamiento judicial, a principios de mes, fue firmado por el titular del Juzgado de Instrucción N° 2, Carlos Hugo Ríos.A la medida del juez Ríos, se sumaron luego, entre otros, cuatro más favorables a la postura del Iafas. Los juzgados de Instrucción N° 5, a cargo de Ricardo Bonazzola; Correccional N° 2, cuyo responsable es Daniel Malatesta; de Ejecución de Penas, a cargo de Miguel Retamoso; y Civil y el Comercial N° 5, de Roberto Croux se pronunciaron en igual sentido.El Iafas había tomado la decisión de aplicar descuentos salariales apoyándose en el texto de la resolución N° 35, de enero último.La norma ordenó los descuentos a los empleados que, aún asistiendo al trabajo y habiendo además marcado el reloj tarjeta, no cumplían con su tarea habitual sino que se sumaban a la protesta motorizada por ATE.La disposición se apoyó en el Decreto N° 4.940, de agosto de 2008, y éste, en la Circular N° 30, de 2007, que impone la determinación de "hacer cumplir el principio que se debe remunerar por prestaciones laborales efectivamente realizadas" por parte de los agentes del Estado.Aunque la mayoría de las sentencias atacaron la forma -señalaron que el amparo no era la vía para reclamar-, un fallo fue al fondo de la cuestión.El titular del Juzgado Laboral N° 4, Santiago Morande, se pronunció sobre la esencia en la causa "Binda Truffe, Paola Victoria c/Iafas y Otro - Acción de Amparo", y avaló la decisión del Estado de no pagar los días no trabajados. (Fuente: El Diario/APF.Digital)
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó una decena de fallos que, en primera instancia, habían rechazado respectivos amparos presentados por empleados del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas) contra la decisión del organismo de aplicarles descuentos salariales por adhesión a medidas de fuerza sindicalesDe ese modo, el Gobierno consigue un refuerzo de tipo judicial a la política llevada adelante hasta aquí en su relación con los sindicatos que agrupan a trabajadores del Estado y, particularmente, en su determinación de no pagar los días no trabajados por huelga. "Hasta ahora, ningún juez falló en contra del Iafas; todas las sentencias en primera instancia han sido a favor, y ahora se suma esta resolución del Superior", confirmó ayer el abogado Daniel Trillo, asesor legal del organismo que regula el juego en Entre Ríos, ante una consulta.Las medidas de fuerza, que durante enero pusieron en jaque a los casinos y salas de juegos del Iafas en toda la provincia, habían sido una reacción luego de que el Gobierno resolviera dar intervención al sector privado en la explotación de los casinos de Victoria y Concepción del Uruguay. La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) entendió que así se violentaba el texto de la Ley N° 5.144, de creación del Iafas.En ese contexto, promovió el 12 de enero una acción judicial denominada técnicamente mandamiento de prohibición, a través de la cual pretendió que la Justicia dictara una medida que pusiera freno a la determinación del Ejecutivo. Pero el entonces juez de feria Roberto Croux rechazó el planteo. El juez sostuvo en su resolución que no podía actuar en un asunto que no se había concretado, la denunciada privatización del juego.La apelación que presentó ATE ante el STJ no prosperó: el máximo tribunal confirmó la sentencia de primera instancia.Y algo similar ocurre ahora con los fallos que amparan los descuentos salariales. Más sentenciasTampoco el gremio consiguió una marcha atrás en los descuentos salariales. El primer pronunciamiento judicial, a principios de mes, fue firmado por el titular del Juzgado de Instrucción N° 2, Carlos Hugo Ríos.A la medida del juez Ríos, se sumaron luego, entre otros, cuatro más favorables a la postura del Iafas. Los juzgados de Instrucción N° 5, a cargo de Ricardo Bonazzola; Correccional N° 2, cuyo responsable es Daniel Malatesta; de Ejecución de Penas, a cargo de Miguel Retamoso; y Civil y el Comercial N° 5, de Roberto Croux se pronunciaron en igual sentido.El Iafas había tomado la decisión de aplicar descuentos salariales apoyándose en el texto de la resolución N° 35, de enero último.La norma ordenó los descuentos a los empleados que, aún asistiendo al trabajo y habiendo además marcado el reloj tarjeta, no cumplían con su tarea habitual sino que se sumaban a la protesta motorizada por ATE.La disposición se apoyó en el Decreto N° 4.940, de agosto de 2008, y éste, en la Circular N° 30, de 2007, que impone la determinación de "hacer cumplir el principio que se debe remunerar por prestaciones laborales efectivamente realizadas" por parte de los agentes del Estado.Aunque la mayoría de las sentencias atacaron la forma -señalaron que el amparo no era la vía para reclamar-, un fallo fue al fondo de la cuestión.El titular del Juzgado Laboral N° 4, Santiago Morande, se pronunció sobre la esencia en la causa "Binda Truffe, Paola Victoria c/Iafas y Otro - Acción de Amparo", y avaló la decisión del Estado de no pagar los días no trabajados. (Fuente: El Diario/APF.Digital)
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