MUERTE DE ANDREA SCHLOTTHAUER
El Superior Tribunal de Justicia coincidió con Casación y ratificó la condena a Nemec
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A casi tres años de la condena dictada por el Tribunal de Juicios de Gualeguaychú al médico cirujano Carlos Nemec, por la muerte de Andrea Schlotthauer, su defensa sufrió un nuevo revés. Esta vez fue el máximo órgano de Justicia de Entre Ríos, aunque ya se hizo reserva federal para llevar el caso a la Corte Suprema.
Carlos Riera El 25 de noviembre de 2016 el Tribunal de Juicios de Gualeguaychú, presidido por Mauricio Derudi, sentenció al médico cirujano Carlos Nemec a una pena de 1 año de prisión condicional y la inhabilitación por 5 años para ejercer la medicina. Los magistrados lo encontraron responsable del delito de homicidio culposo por la muerte de la joven contadora de 28 años. A Carlos Guillermo Nemec se le atribuyeron dos omisiones relacionadas entre sí. Por un lado la tardía intervención quirúrgica exploratoria (laparotomía y/o laparoscopía) que habría ocasionado una demora en el diagnóstico y, por otro lado, la demora en la intervención quirúrgica, producto del diagnóstico tardío. Los jueces Mauricio Derudi y Arturo Dumón coincidieron en su sentencia, pero la jueza Alicia Vivian se inclinó por la absolución. Si bien desde un primer momento estaba claro que la defensa del cirujano iba a recurrir la sentencia a Casación y agotar las instancias judiciales subsiguientes para lograr revertir la condena, la postura de Vivian de no responsabilizar a sólo un médico sino a todos, alentó el reclamo y sirvió como argumento. Sin embargo, la Cámara de Casación Penal resolvió rechazar el recurso el 27 de marzo de 2018 y confirmó la sentencia de primera instancia. Casación analizó el caso de Andrea Schlotthauer, que murió en febrero de 2016 durante la internación en la Clínica Médica San Lucas, y le reprochó a Nemec “una omisión negligente” por no llevar a cabo a tiempo una laparascopía o laparotomía que “resultaba a todas luces aconsejable por la ciencia médica y de manera urgente” para evitar que una sepsis abdominal se generalice y provoque el fallecimiento de la paciente. Para los camaristas de Casación fue clave el primer informe autópsico por su “altísimo valor incriminatorio”, donde enfáticamente se establece que la causa de la muerte de Andrea Schlotthauer se debe a un "shock séptico a punto de partida de su infección apendicular". Pero no satisfechos con este rechazo, la defensa de Nemec, representada por el reconocido abogado penalista Julio Federik, presentó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Nuevamente se esgrimieron los argumentos que ya se habían rebatido en las dos oportunidades anteriores y otra vez no se tuvo éxito. Daniel Carubia, en su carácter de presidente de la Sala Penal Nº1 del S.T.J. concluyó que “la defensa en su esfuerzo recursivo reitera los argumentos sostenidos en la casación, insistiendo en los agravios contra la sentencia condenatoria ya planteados, tratados y agotados por aquel Tribunal”. “El recurrente expresa su mera disconformidad con el pronunciamiento que impugna a través de su teoría del caso, la que se traduce en un ineficaz intento de modificar el curso causal de los hechos; el que a esta altura del proceso se encuentra irremediablemente definido con las legítimas probanzas incorporadas”, mencionó Carubia en su dictamen. Este magistrado criticó el cuestionamiento defensivo a la valoración probatoria “esgrimiendo que Andrea Schlotthauer fallece a causa de una hemorragia subaracnoidea (ACV), rotura de aneurisma argumentando que había alcanzado parámetros de estabilidad y repentinamente sufre un paro cardiorespiratorio que "desbarranca" todo su organismo otorgándole al descenlace un condimento sorpresivo”. Para Carubia, al igual que para 8 de los 9 jueces que han intervenido hasta el momento en esta causa, “la muerte de Andrea fue la consecuencia directa de la sepsis generalizada que le produjo una falla multiorgánica. Esa sepsis, hoy cuestionada, surge de la historia clínica de la paciente, que es clara, es concreta y es la prueba esencial de este caso. No sólo no ha sido cuestionada en su autenticidad sino que además fue corroborada por la mayoría de los profesionales de la salud que declararon en la causa”. “Indudablemente el impugnante ha llegado hasta aquí sosteniendo un criterio distinto al entendido por la Cámara propio de su particular interés y reiterando argumentos que no resultan suficientes para conmover la estructura lógica y razonada de la sentencia en cuestión”, agregó el juez para fundar su rechazo a la impugnación extraordinaria. La defensa hizo reserva federal para interponer el Recurso Extraordinario Federal, para llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por ello, y de la misma forma que viene sucediendo desde el 2016 a la fecha, la condena no está firme y Nemec aún no debe cumplirla. Este Recurso Extraordinario dependerá del Superior tribunal de Justicia, el mismo que acaba de fallar en contra del acusado, que si lo rechaza se deberá empezar a cumplir la sentencia inmediatamente. La defensa tiene la posibilidad de acudir en queja a la Corte, pero ese paso no interrumpe la ejecución de la pena. “Un duelo que no termina de cerrar” “Estamos muy contentos desde el primer momento, con la primera sentencia, que fue ejemplar y que marcó un antes y un después. El tema es que con cada una de las apelaciones uno realmente no sabe lo que puede pasar, uno está convencido de lo que pasó y de lo que sucedió en el juicio, pero está ajeno a la lectura que pueden hacer los jueces”, manifestó un familiar de Schlotthauer a ElDía. “La familia tiene una confusión de sentimientos, que por un lado tiene la satisfacción de la condena al culpable pero por el otro lado con las apelaciones hay un duelo que no termina de cerrarse, es un constante dolor porque cada vez que se pasa por un proceso de duelo comienza un nuevo proceso judicial”, agregó la fuente consultada. El “consejo” de los médicos En julio de este año, mientras la causa estaba a la espera de su revisión por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, el presidente del Colegio Médico de Gualeguaychú, Emilio Bianchi, envió una carta a los jueces encargados de analizar la impugnación extraordinaria a los claros fines de “brindar información” o influir en la objetividad de los magistrados, haciendo hincapié en cuatro puntos que “no habrían sido considerados por los tribunales inferiores”, pero que son los mismos puntos que se sostienen en cada una de las apelaciones. El Colegio Médico tiene la misma teoría de los hechos que Nemec: que Andrea Schlotthauer murió a causa de una hemorragia subaracnoidea, algo que ya está totalmente probado ante tres tribunales de la Justicia Ordinaria, pero lo que resulta más extraño es que está firmado por Bianchi, que fue el primer perito de parte presentado por la defensa de Nemec, aunque después no llegó a actuar en el juicio al ser reemplazado por el médico Antonio Maya. Esta carta fue presentada al Superior Tribunal bajo la figura de “Amicus curiae” o “Amigos del Tribunal”, pero poco fue tenida en cuenta por los magistrados, a tal punto que ni fue mencionada en la resolución. Los “Amigos del Tribunal” son un tercero en relación al proceso judicial, calificado o experto en la materia de un pleito, quien puede emitir una opinión fundada no vinculante para el Tribunal, en defensa de un interés público o de una cuestión institucional relevante. Su actuación no devengará costas ni honorarios judiciales y estará exenta del pago de tasa de justicia. Pero no es la primera vez que se intenta influenciar o “aconsejar” a los jueces en términos médicos. Tuvieron su primer intento en el juicio en Gualeguaychú, pero el presidente de ese Tribunal no le dio margen a un panfleto que le hicieron llegar a su estrado. “Defendamos a los trabajadores de la salud (acompañemos a Carlos Nemec)”, decía una nota firmada por la Agrupación “Conocerte”, de respaldo al médico que circuló antes del inicio del juicio en Gualeguaychú en 2016, que estaba acompañada con la firma de varios médicos de la ciudad, colegas del imputado. En esa nota se hacía el llamado a “todas las personas e instituciones en su conjunto de no permanecer como testigos pasivos y silenciosos al prejuzgamiento mediático difundido maliciosamente en cierto medio gráfico de Gchú a la persona del Dr Carlos Nemec, suscitando una condena social que mansilla su buen nombre y el de su familia”. “Quienes conformamos la Agrupación ‘Conocerte’ tenemos en claro que todos los médicos transitan entre la ‘vida y la muerte’ en cada una de sus intervenciones quirúrgicas, generala de la ley que nos comprende a todos sin excepción, ¿acaso todo infortunio de muerte a pacientes intervenidos quirúrgicamente es motivo de juicio al Médico que lo realizó? En ese caso las cárceles estarían llenas de ellos, por el solo hecho de ser fieles a su juramento hipocrático. Por ello y ante la duda de una justicia sospechada, no permitamos que nuestros trabajadores de la salud sean sometidos al adoctrinamiento del sistema residual que democráticamente el pueblo argentino dejó atrás”. Evidentemente esta nota firmada por varios médicos muestra un claro sesgo de parcialidad. Es poco serio señalar a un medio de comunicación como el responsable de un supuesto escarnio social cuando hay tres tribunales que confirmaron una sentencia de culpabilidad. Los médicos tienen una tarea notable, pero no están por encima de una ley que nos rige como sociedad en igualdad; y es momento de hacer una autocrítica hacia el seno del Colegio para evaluar si se hace un verdadero ejercicio del juramento hipocrático.
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