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El uruguayo que abusó de una joven en la calle fue condenado
El viernes, fue condenado Jonathan David Benítez Fuentes, el uruguayo de 24 años que hace unas semanas manoseó a una joven que caminaba por la calle, a plena luz del día.
En un juicio abreviado, en el que intervinieron el juez Tobías Podesta, la fical Martina Cedrés y el defensor Juan Ignacio Lazzaneo, el vendedor ambulante fue condenado a ocho meses de prisión de ejecución condicional, por el delito de abuso sexual simple. Benítez Fuentes fue juzgado por haber abusado sexualmente de una joven de 18 años el 9 de junio pasado. Sucedió a las 12.30 aproximadamente, cuando la mujer caminaba por la calle Alsina al 1000, como relató la propia víctima a ElDía. Benítez Fuentes circulaba en la misma dirección pero en bicicleta, se le acercó por detrás y con su mano le tocó sus partes íntimas, para luego decirle a la víctima, mientras se reía: "te asustaté".
Nota relacionada: Las gualeguaychuenses rompen el silencio contra los abusadores y golpeadores Tras el hecho, siguió su marcha en bicicleta por la calle Los Álamos, quedándose la chica inmovilizada en el lugar. Luego, fue detenido. El condenado estuvo durante el corto proceso en prisión domiciliaria. Se le impusieron las siguientes reglas de conducta, por dos años: a) Fijar residencia, lo que hace en calle Balta Vargas, vivienda nº 61, Barrio Artigas, de la localidad de Salto, República Oriental del Uruguay, propiedad de su madre Mirta Elena Fuentes Daluz, debiendo informar cualquier modificación al juzgado de garantías. b) Someterse a un tratamiento de tipo psicológico por sus comportamientos violentos, en algún establecimiento de salud de su lugar de origen, debiendo presentar de manera bimestral –escaneados vía mail– los certificados de concurrencia. c) Prohibición de ejercer actos de violencia física y/o psicológica contra la víctima. Además, se ordenó el libramiento de oficio a la Dirección Nacional de Migraciones, Delegación Concepción del Uruguay, a fin de que tome debida razón de la condena. Para que se tenga por "no pronunciada" la condena, Benítez Fuentes no deberá cometer delitos por cuatro años. Si lo hace, cumplirá los ocho meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho (art. 27 del Código Penal).ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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