LO DECIDIÓ EL SUPERIOR TRIBUNAL
En el Poder Judicial seguirán trabajando de manera virtual hasta el 7 de junio
El esquema de trabajo virtual continuará en todas las instancias judiciales con el fin de que haya la menor cantidad posible de personas presentes de manera presencial en sus puestos.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos resolvió prorrogar hasta las 24 horas del 7 de junio el actual esquema de trabajo. El mismo consiste con una presencialidad mínima del personal y suspensión de actos presenciales, garantizando la prestación del servicio. Las medidas adoptadas se fueron considerando tras el decreto provincial N° 1144 y la situación sanitaria y epidemiológica por la que transita la provincia de Entre Ríos por la pandemia de coronavirus, cuya segunda ola actualmente azota a toda la región. "Visto: la situación epidemiológica por la que transita la Provincia de Entre Ríos; considerando el Decreto Provincial N° 1144, mediante el cual se dispuso una serie de medidas focalizadas e intensivas para las distintas áreas de acuerdo a su situación sanitaria; y considerando que la curva ascendente de casos de Covid-19 que se replica hacia dentro del sistema judicial es cada vez mayor; que, la reducción de la presencialidad no supone la disminución de la capacidad de respuesta del servicio de justicia, dado que la planta de personal continúa trabajando", justificaron su decisión los miembros del Superior Tribunal. Esta resolución fue firmada por el Presidente del STJ Martín F. Carbonell; el Vicepresidente Germán R. F. Carlomagno, y los vocales Daniel O. Carubia, Bernardo I. R. Salduna, Susana E. Medina, Claudia M. Mizawak, Juan R. Smaldone y Miguel Ángel Giorgio. Además, se consideró que la curva ascendente de casos de Covid-19, que se replica hacia dentro del sistema judicial, es cada vez mayor. En este sentido, el Poder Judicial entrerriano cuenta con la disponibilidad de recursos informáticos desarrollados por el propio organismo y los Protocolos específicos aprobados, por lo que la reducción de la presencialidad no debe afectar la capacidad de respuesta del servicio de justicia, siempre que además prime la predisposición, colaboración y esfuerzo de todos los operadores judiciales.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ÉSTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios