Exigen que se cumpla con la ley de grandes superficies
El Centro de Defensa Comercial salió a cuestionar la apertura de una sucursal de Frávega en la ciudad. En diálogo con El DIA (el último miércoles), el secretario de la entidad, Nicolás Fischer, y el asesor legal, Gabriel Crespo, dijeron que en este caso no se cumple con la legislación sobre grandes superficies, en especial con la Ley N°9.393. Por Marcelo Lorenzo - El Centro está discutiendo fuertemente la apertura de Frávega, que vende electrodomésticos. ¿Molesta la inversión o el modo en que el emprendimiento se ha instalado?Gabriel Crespo:- En principio tendríamos que decir que el Centro ha luchado denodadamente por un conjunto de leyes que se deberían aplicar a todo este tipo de habilitaciones. Esa normativa nivelaría a todo el mundo igual, ya sean inversiones locales como inversiones foráneas. E involucra a emprendimientos que sobrepasan ciertas características, las cuales están encuadradas en el dispositivo legal. Acá, por ejemplo, hay una ordenanza municipal sobre el tema que tiene bastante tiempo. Y a su vez hay una adhesión por parte del municipio de la ciudad de Gualeguaychú a la Ley N°9.393, que regula las grandes superficies. Paralelamente, el Centro tiene una participación activa en la Unión Entidades Pyme de Entre Ríos (UEPER), entidad que luchó para que se reglamente esa ley, que en realidad tenía vieja data. Pero insisto: Gualeguaychú fue una de las primeras municipalidades que tuvo una ordenanza orientada a regular estas grandes superficies. Y esta ley provincial se aplica supletoriamente; se aplica primero la ordenanza, y en los espacios vacíos que deje, entra a regir la Ley 9.393. Nosotros lo que vemos como institución, tanto desde la UEPER como desde el Centro de Defensa Comercial, es la no aplicación por parte del Poder Ejecutivo municipal de las ordenanzas y las leyes vigentes. Entonces lo que pedimos nosotros es que se haga una revisión de lo actuado, a fin de garantizar que la ley sea pareja para todos. Por otro lado, estamos a favor de todo tipo de inversión. ¡Por favor, que se entienda que bajo ningún punto de vista estamos contra las inversiones! En todo caso, estamos en contra de las que se hagan por fuera de los reglamentos. - ¿A ustedes les consta que acá ha habido una habilitación irregular? Nicolás Fischer:- No podría decir si hay una habilitación irregular. Lo que sí es que hay ciertos trámites previos que hay que cumplir para habilitar un comercio de este tipo, sobre los cuales no hemos tenido constancia cierta. O por lo menos estamos esperando a que den los datos precisos de esa habilitación. G.C.:- Lo importante es entender que la ley prevé ciertos procedimientos, uno de los cuales incluye encuadrar el emprendimiento dentro de la ley. Aquí entra a tallar el artículo 1° de la Ley 9.393 sobre grandes superficies, y que incluye la venta de artefactos electrodomésticos. El artículo 2 habla de que las cadenas de distribución o venta deberán regirse de acuerdo a una relación entre número de locales y población total del municipio donde se instalen. Es decir, de acuerdo a la cantidad de habitantes es la superficie que se entiende como gran emprendimiento. Está dado por menos de 50 mil habitantes, por más de 50 mil habitantes y por más de 180 mil. Gualeguaychú estaría en la banda de entre 50 mil y 180 mil habitantes, lo que prevé 800 metros cuadrados. Nosotros, en ese caso, decimos que hoy ese local tiene más de 800 metros cuadrados. ¿Por qué? Porque se deben contar, de acuerdo a la ley, todo lo que sea depósito, área de circulación, y demás. No se puede contabilizar solamente el salón de ventas. La otra situación es que una vez encuadrado el emprendimiento, empiezan a jugar los artículos 3, 5 y 7 de la ley, los cuales hablan de que debe contar con una autorización especial de la autoridad de aplicación. Dicho otorgamiento se iniciará ante el órgano municipal competente. La municipalidad debe iniciar el trámite y dar información de esa iniciación al ministerio de la Producción de la Provincia, para que elabore su propio informe. Según el artículo 5, el Poder Ejecutivo Provincial, antes de habilitar una superficie que exceda las escalas establecidas, deberá contar con un análisis de impacto socioeconómico, laboral, urbanístico, ambiental. En el procedimiento intervendrá en forma consultiva el Consejo Provincial de Comercio Interior (...) El punto es que no hemos tenido acceso a este expediente, y de hecho no sabemos si existe. - Sin embargo, el local comenzó a atender al público.G.C.:- Esa es la barbaridad. Ahí está el punto de partida del conflicto. Nosotros hoy pedimos que se cierre el local, que se clausure, y que se empiece o se de inicio al proceso tal cual prevé la ley, y que desemboca en una audiencia pública, en cuya ámbito se debatirá la conveniencia del emprendimiento. Si éste pasa por este procedimiento, y allí se aprueba, no hay inconveniente que abra sus puertas al público. En la audiencia pública intervienen todos los actores interesados, como comercios, instituciones, consumidores. Con la firma VEA hubo audiencia pública (...) Otra cosa que vale la pena resaltar es que estos procedimientos se aplican a todos los inversores, sean locales o foráneos. Veamos un caso concreto: cualquier persona en Gualeguaychú que tenga dos negocios abiertos, que su superficie supere lo que estamos planteando, tiene que iniciar el proceso como cualquier otro vecino. No es una cuestión de domicilio, si es de acá o de fuera. Frávega no tiene domicilio en Gualeguaychú. N.F.:- ¡Ojo, hay que repetir que no estamos en contra de ningún tipo de inversión! Nosotros impulsamos que se invierta en Gualeguaychú. Nosotros no estamos impidiendo que estas nuevas cadenas lleguen a la ciudad. Lo único que queremos es que cumplan con la normativa, con la ley vigente. - ¿Qué tipo de trámite ha hecho este negocio ante la municipalidad?G.C.:- La explicación que ha dado el secretario de Gobierno a nuestras instituciones es que para ellos, los funcionarios, no estaba encuadrado dentro de la ordenanza vigente en Gualeguaychú. Frente a lo cual es bueno remarcar -y esto es un principio básico del derecho- es que cuando uno se adhiere a una ley provincial, como en este caso, pasa a formar parte de lo que se llama la pirámide jurídica. Por dicha pirámide, las leyes se van concatenando unas con otras. El vacío que puede dejar la ordenanza sobre grandes superficies, lo suple en este caso la Ley 9.393, en la cual están encuadradas las casas de electrodomésticos. O sea, no se pueden leer las ordenanzas en abstracto, sacadas de su contexto jurídico. El derecho es algo permeable, que tiene a su vez una cantidad de connotaciones. Hay un orden coherente que va de la Constitución hasta la última ordenanza (...) Otra explicación que recibimos fue que el negocio no estaba habilitado. Nosotros lo que pedimos, desde el Centro y la UEPER es que el Estado, a través del poder de policía que le otorga la Constitución, proceda a clausurarlo. Ellos contestan que al no estar habilitado no se lo puede clausurar. Esto es una aberración jurídica. Porque entonces mañana ponga una usina nuclear, y sigo funcionando porque no estoy habilitado. Los hechos consumados - ¿Cómo se entiende esto? ¿Usted sugiere que lo que prima es la instalación de hecho?G.C.:- Lo que decimos es que hay que dejar de trabajar sobre la doctrina de los hechos consumados, por la cual los negocios se instalan, se abren precariamente, y después es muy difícil cerrarlos. La idea es que no se habilite a nadie hasta tanto no se haya cumplido con todo el proceso contemplado en la legislación (...) Una cosa es la habilitación de una obra, que requiere de determinado permiso. Pero otra es la habilitación comercial de un negocio. Lo que decimos es que nadie puede abrir sus puertas al público si antes no se cumplió con todos los requisitos ligados a la habilitación comercial. N.F.:- Aparte están los requerimientos técnicos necesarios para abrir un local. Para lo cual están las distintas instituciones que regulan y que verifican si lo que se está haciendo cumple con las normas de seguridad, de higiene, por ejemplo. Hay que evitar que se tenga que ir después de abierto el local a ver si se cumplieron todos estos requisitos técnicos, que son tan importantes como la habilitación comercial. - El Centro ha tenido algún contacto con la firma. Y en ese caso, ¿qué argumento expuso?G.C.:- No hemos tenido contacto. Esto explotó estos días. El lunes tuvimos una reunión de urgencia para tratar el tema. Y haremos un encuentro con la gente de la CAME. El caso tuvo repercusión en toda la provincia, porque seguramente se reproduce algo parecido en otros municipios. Me interesaría dejarlo claro, que en la reglamentación de la ley, en la cual participamos, cuando se habla de metros cuadrados de superficie, pusimos claramente que aquellos emprendimientos que vengan a la provincia y entre sus góndolas tengan productos provinciales, esos no se toman como metros cuadrados. Si se hace un lugar a esos productos, se van restando los metros cuadrados. O sea, la ley tiene facilidades para inversiones provinciales, para gente que venga de afuera. En cuanto a la audiencia pública, por ejemplo, se tomó el reglamento que hay para el tema de las tarifas de gas, agua, y demás. Tiene todas las garantías habidas y por haber. Los estudios de impacto, elaborados por universidades o colegios, los pagan los que en definitiva pretenden instalarse. N.F.:- Tenemos que aclarar que todo esto sirve para seguir ordenando la ciudad. No queremos que sobrevenga un problema cada vez que viene alguien de afuera. Al contrario, vuelvo a repetir, el Centro no tiene nada en contra de las inversiones; se trata de que aspiremos a una ciudad ordenada y mejor. Si hay elementos que nos están asegurando una mayor protección hacia el comercio, hacia la gente que entra dentro del comercio, bueno, tratemos de hacerlo cumplir. O sea, hagamos cumplir la ley. ¿Por qué pasar por arriba de eso? G.C.:- La norma está. Funciona, pretendemos que funcione. Y garantiza todos los derechos a aquel que pretende radicarse en la ciudad. - Esta ley estuvo mucho tiempo en la gatera. Se atribuyó esa demora al hecho de que, para algunos juristas, tiene rasgos inconstitucionales...G.C.:- Trabajé en el tema de la ley, como estamos trabajando en una nueva ley provincial, para ir avanzando, porque todas estas cosas van mutando. Y a su vez estamos elaborando una ley nacional. Hace poco estuvimos hablando con los concejales por una nueva ordenanza para Gualeguaychú. Esto me ha permitido tener contacto con diferentes constitucionalistas. Y realmente nadie me ha podido decir que es inconstitucional. Además, la ley es inconstitucional cuando los jueces lo determinan así. Son ellos los intérpretes del derecho. El derecho es lo que en definitiva dicen los jueces. Esto es la realidad. Hay cierto consenso respecto de que el Estado tiene en sus manos el poder de organizar este tipo de cosas, siempre y cuando no lo haga de manera discriminatoria, ya sea impositiva o como fuera. Es decir, no habría problema siempre y cuando esté encuadrado dentro de una situación razonable y que la norma tome a todos por igual. Porque lo primero que saltó en las discusiones que tuvimos a nivel nacional es que cada uno quería proteger su quinta. Pero la quinta no se puede proteger. Todos tienen que beneficiarse por igual de la ley. - ¿Otras provincias tienen leyes similares a la de Entre Ríos?G.C.:- La de Entre Ríos fue una de las primeras leyes que hubo. Pero hoy también tienen la provincia de Buenos Aires y la ley que todos toman como directriz que es la de la provincia de Santa Fe. Después existen en Córdoba, Chaco, Mendoza. Los grandes centros urbanos de la república tienen algún tipo de reglamento de esta naturaleza. Que el grande no se coma al chico - ¿Cuál es la filosofía económica que tiene detrás? ¿Trata de desalentar la extensión de grandes firmas comerciales en los mercados urbanos?G.C.:- La idea es la siguiente: el Estado tiene en sus manos la posibilidad de equilibrar la balanza entre un gran inversor y uno pequeño, a fin de que los dos tengan las mismas oportunidades de acceso al mercado. Ese es el principio constitucional que debe regir. Para lo cual el Estado tiene poder de policía. Eso es lo que busca la ley. De ahí que su dispositivo contemple una serie de procedimientos por los que tiene que pasar el inversor, con la idea de evitar que la actividad económica sea predatoria en el mercado. Se trata de detectar, a través de este proceso, la potencial capacidad predatoria que tiene sobre el mercado en el que operaría. - ¿Qué lectura económica les sugiere que una cadena como Frávega venga a Gualeguaychú? N.F.:- La ciudad está creciendo. Aunque no sabemos realmente cuál es el motivo por el cual se instalan tantos negocios de este tipo en Gualeguaychú. - ¿Temen acaso que, en una situación de saturación del mercado, el actor nuevo que venga terminará desplazando a otro que ya existe?G.C.:- Ése es el problema. En la nueva ley que se está elaborando pretendemos que se considere lo que se llama el 'coeficiente ocho', por el cual se divide la cantidad de población que tiene una ciudad. Eso da un número que sería la cantidad de metros cuadrados totales que se podrían habilitar de grandes superficies. Supongamos Gualeguaychú: la división da 11 mil. En este caso, la suma de todas sus grandes superficies comerciales no podría exceder los 11 mil metros cuadrados. Ése es un coeficiente de saturación de mercado que surgió en su momento en Francia. Nosotros como institución luchamos por eso. También decimos que a veces mientras en un área del mercado hay sobredimensión, otras ni siquiera están explotadas. - ¿Cuál es el caso de los electrodomésticos?G.C.:- Hay una sobredimensión total. No da más. Y de esta manera comienza el efecto, que la doctrina plantea, de la actividad predatoria. Todo nuevo jugador, entonces, lo que hace es desplazar a uno existente. Y esto por el solo hecho de ocupar la plaza. Esto es la realidad. Fuera de las consideraciones del derecho, hay que decir también, que nuestra institución evalúa que estas inversiones son grandes aspiradoras de plata del mercado local. ¿Por qué? Porque venden, pero no invierten un peso en el mercado local. Toda la plata que entra se va fuera de la ciudad. Y esa es una cuestión que la población debe saber. - Hay quienes piensan, respecto al tema económico, que no está probado científicamente que esas radicaciones depriman el mercado y generen más desempleo. Por ejemplo, se dijo que la llegada de Farmacity produciría el cierre de farmacias locales, pero esto no se ha verificado...G.C.:- En todo lugar en que se ha abierto un mega emprendimiento en el rubro alimentario ha producido el cierre de no menos del 14 o el 15 % de los negocios del ramo que estaban alrededor. Eso dice un estudio importante de la provincia de Buenos Aires. Con el tema de Farmacity el tema es el siguiente. Dicen que se puso más competitivo. Pero lo que menos vende esa firma son medicamentos. La farmacia es al fondo. Todo lo de adelante es casi un supermercado (...) Las farmacias en Gualeguaychú son grandes vendedoras de medicamentos. Y en este caso es muy difícil vender por debajo del valor que fijan los laboratorios o las obras sociales. - La municipalidad, ¿pudo haber incumplido con la Ley 9.393? Y en ese caso, ¿qué hará el Centro?G.C.:- Nosotros queremos el cumplimiento efectivo de la ley. E intimaremos oportunamente para que eso se haga efectivo. Es una decisión que tomará la comisión directiva, sobre todo a nivel de la UEPER.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ESTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios

