Feriado para empleados de comercio
El secretario adjunto del Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná, Rubén Bernabé, explicó que la nueva ley 26541 declara el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio con carácter de feriado nacional. Dijo a APF que "si el trabajador es convocado por el empleador se le debe abonar salario doble".
Si bien la ley de regulación económica vigente permite al empleador abrir los 365 días del año, la ley 26.541, del 2009, fija el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio con carácter de feriado nacional. Por tanto, "a aquel trabajador que sea convocado ese día se le debe abonar salario doble, es decir como si fueran horas extraordinarias al 100%".La ley fue sancionada en 2009 y el año pasado el feriado cayó domingo. La discusión en torno a la obligatoriedad de asistir a trabajar o no se presenta ahora al caer un día lunes. Al respecto, el dirigente mercantil explicó que "todavía en el marco de las paritarias, donde las partes convienen como se hizo el 1° de mayo, el 25 de diciembre y el primero de enero, cerrar y se garantiza al trabajador que no tendrá problemas si no va a trabajar, no se ha logrado en este caso".
Si bien la ley de regulación económica vigente permite al empleador abrir los 365 días del año, la ley 26.541, del 2009, fija el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio con carácter de feriado nacional. Por tanto, "a aquel trabajador que sea convocado ese día se le debe abonar salario doble, es decir como si fueran horas extraordinarias al 100%".La ley fue sancionada en 2009 y el año pasado el feriado cayó domingo. La discusión en torno a la obligatoriedad de asistir a trabajar o no se presenta ahora al caer un día lunes. Al respecto, el dirigente mercantil explicó que "todavía en el marco de las paritarias, donde las partes convienen como se hizo el 1° de mayo, el 25 de diciembre y el primero de enero, cerrar y se garantiza al trabajador que no tendrá problemas si no va a trabajar, no se ha logrado en este caso".
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