García Jurado respondió a una publicación y manifestó sentirse “un chivo expiatorio”

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Eduardo García Jurado en diálogo con Radio CeroUn medio gráfico de Paraná publicó un hecho que data de 12 años atrás, en el que varias personas fueron procesadas por la Justicia de Gualeguaychú por "asociación ilícita; encubrimiento agravado por habitualidad; adulteración de chasis, número de motor y cambio de dominio; y defraudación reiterada".En el artículo se reputa al procedimiento judicial de Eduardo García Jurado como una "mala praxis" por haber dictado una prisión preventiva a las personas que posteriormente recuperaron su libertad y luego accionaron contra el Estado por una suma millonaria. Por este motivo, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, citó a juicio como terceros no demandados a los magistrados actuantes para que se defiendan de las responsabilidades atribuidas."El Diario de Paraná pareciera que está respondiendo a un interés concreto que probablemente no es el mío; informa erróneamente y en forma reiterada, lo que puede hacerlo incurrir en una actitud que me daría derecho para demandarlo por daños y perjuicios", manifestó García Jurado.El magistrado explicó que la Fiscalía de Estado citó como a terceros a todos los miembros que intervinieron en el caso y recordó que "han sido muchos" porque sus resoluciones provisorias contra los imputados en la etapa sumarial, fueron confirmadas por la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, en aquel momento estaba integrada por Fabián Bernabé López Mora, Jorge García Bessel y Pascual Fervenza."Un procesamiento confirmado por la Cámara es para un Juez de Instrucción el mejor resguardo de cualquier inicio aventurado de demanda por daños y perjuicios", comentó el magistrado de Gualeguaychú y agregó que "no solo el Juez de Instrucción sino que tres magistrados más, lo confirmaron tres veces".En segundo lugar aclaró que "la causa no terminó con una nulidad, terminó con una absolución porque consideraban que con los elementos de prueba no era suficiente para condenar".Agregó que "la demanda es una aventura que ha sido defendida por Rodríguez Signes en una forma que a mí no me conforma". Explicó que fue citado como tercero, no como civilmente demandado, para ser informado sobre la existencia de una demanda contra el Estado que, pues en el caso de resultar condenado, el Estado tiene la facultad de accionar de regreso contra aquel juez o camarista que intervino."Me llama la atención de ciertas operaciones de tipo mediáticas que se hacen desde Paraná cada medio año, reincidiendo en graves errores conceptuales y periodísticos", señaló.García Jurado no se quiso catalogar como un perseguido político pero ejemplificó su situación al decir que es "un chivo expiatorio". La acción civil se orientó luego contra su persona y los camaristas intervinientes que ratificaron la resolución de la primera instancia pero "la Fiscalía de Estado, en una cuestionable y dudosa operación judicial, desistió contra los camaristas y me dejó a mí nada más"."Un juez de Instrucción está en el frente de batalla y se puede equivocar, la ciudadanía puede apelar las decisiones de ese juez y para ello hay tres camaristas que alejados del lugar analizan los hechos con mayor detenimiento, o sea que son más responsables los camaristas que yo en la decisión en definitiva", opinó García Jurado y agregó: "no entiendo como es la decisión jurídica de Julio Rodríguez Signes de hacer cesar la acción contra los camaristas y no contra mí".El caso Hace 12 años, Carlos Francisco Irigoytía; sus dos hijos Enrique y Aldo; Ricardo José Bidondo y Julio César Gil; fueron procesados y padecieron prisión preventiva luego de ser acusados de haber cometido hechos relacionados con el armado y desarme de vehículos de dudosa procedencia y en la venta de autopartes, lo que hacía presumir su origen ilícito.Todo empezó cuando el juez ordenó el allanamiento de inmuebles en donde los Irigoytía desarrollaban sus actividades. En esa oportunidad detuvieron a Enrique, Emiliano Gassman, Bidondo y Carlos Francisco. A todos ellos se les imputó la recepción de vehículos robados y la adulteración de los números de los motores y chasis en los que supuestamente se los reemplazaba por los originales de otros rodados. También se les enrostró formar parte de una asociación ilícita, de la cual el jefe habría sido Carlos Francisco Irigoitía y cuyo objeto habría sido la perpetración de los demás delitos atribuidos.Lo cierto es que se les dictó sus procesamientos y correlativas prisiones preventivas por "asociación ilícita; encubrimiento agravado por habitualidad; adulteración de chasis, número de motor y cambio de dominio; y defraudación reiterada".La defensa apeló la sentencia y el expediente pasó a la Sala Penal de la Cámara Apelaciones de Concepción del Uruguay, en donde se confirmó el fallo. Gil luego fue liberado.La causa siguió por el camino de las apelaciones hasta que llegó a la Cámara del Crimen de Gualeguay. En esa instancia se decretó, el 15 de agosto de 2002, la nulidad de los tramos fundamentales de la causa, como las indagatorias judiciales, los procesamientos y la requisitoria fiscal. En la misma sentencia se ordenó la inmediata libertad de los que aún estaban detenidos en la Unidad Penal de Gualeguaychú que eran Enrique y Carlos Francisco Irigoitía. Ese tribunal, en juicio oral y público, los declaró libres de culpa y cargo.La Fiscalía de Estado, en un hecho excepcional, citó a juicio en calidad de terceros a los magistrados actuantes para que se defiendan ante el traslado del reclamo civil, citando la Constitución provincial, en su artículo 23, cuando dice que "los funcionarios y empleados son individualmente responsables de los daños causados a terceros o al Estado".El Poder Ejecutivo defendió la actuación de los magistrados y citó en no pocas ocasiones, la coincidencia de las sentencias de Instrucción y la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay; y la realización luego de un juicio oral y público. Con esos elementos contrapuso los argumentos que apuntaban a una supuesta "mala praxis" o "falta de servicio". El Diario de Paraná
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