Hoy entra en vigencia el Régimen Especial de Regularización de Ater
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Será mediante decreto 296/16 del Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas. La medida incluye todos los impuestos que tengan deuda devengados hasta 31 de diciembre de 2015, los que se encuentren en apremio o en gestión administrativa; y también la refinanciación de planes.Desde Ater informaron que a partir de hoy entra en vigencia el Régimen Especial de Regularización. La medida tendrá una vigencia de 60 días y los detalles operativos y reglamentarios para su implementación serán precisados en los próximos días.• Principales aspectos:Vigencia: 14 de marzo al 13 de mayoDeudas incluidas: Todos los impuestos por deuda períodos devengados hasta 31/12/15.En apremio o en gestión administrativa.Incluye refinanciación de planes (caducos o no).No agentes de Retención o percepción.Condiciones para acogerse:Incluir toda la deuda por cada impuesto que se quiera regularizar (todos los imponibles y todos los períodos adeudados).Débito automático obligatorio como regla general.Importe de cuota no podrá ser menor a 200 pesos.Solicitud de turnos vía web: www.ater.gob.ar (próximamente) • Beneficios:Beneficio extra : Aumenta en un 10 por ciento el porcentaje de condonación de intereses para aquellos contribuyentes que regularicen antes de 15 de abril.Beneficio a contribuyentes más pequeños:1. Contribuyentes personas físicas de automotor, inmobiliario y régimen simplificado de II.BB.2. Deudas de capital menores a 5000 pesos.3. No más de 2 imponibles (autos, embarcaciones o inmuebles) a su nombre.Importe mínimo de cuota 100 pesos.Disponibilidad de turnos en www.ater.gob.ar. (APFDigital)
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