Impulsan consulta popular por el 82% móvil
A través de un proyecto de Ley, el Bloque de diputados del Partido Socialista convoca a una consulta popular vinculante para que el haber mínimo jubilatorio alcance el 82% del salario mínimo, vital y móvil. La iniciativa, fue firmada por todos los integrantes de la bancada socialista y es acompañada por la presidenta del Bloque del GEN, Margarita Stolbizer.
"Queremos someter a la voluntad de los ciudadanos esta iniciativa donde además de la consulta se establece que el haber mínimo será equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil", señaló el presidente del bloque PS, Lisandro Viale. "Ni los distintos mecanismos legales que pretendieron suplantar el principio de movilidad, ni los aumentos jubilatorios decretados por el Ejecutivo Nacional entre 2003 y 2007, como tampoco los resultados arrojados por la fórmula de movilidad desde marzo de 2009, han podido recomponer los haberes de uno de los sectores más castigados de nuestra sociedad", afirmó.Remarcó que "en otros términos, los haberes mínimos caen cada vez más en relación a la línea de pobreza y a las pautas inflacionarias reales. Esto es lo que explica en gran medida la alta litigiosidad del sistema, con aproximadamente 450 mil juicios acumulados en todo el país, a un ritmo de 100 mil nuevos juicios por año".La consulta popular tendría lugar el último domingo del mes subsiguiente al de la sanción de la ley, mientras que se imprimirán y se dispondrán en el cuarto oscuro dos boletas, a saber: la primer boleta deberá llevar la siguiente inscripción: "si apruebo la ley que establece el haber mínimo jubilatorio garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos"; y la segunda boleta deberá llevar la siguiente inscripción: "no apruebo la ley que establece el haber mínimo jubilatorio garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos".La consulta popular vinculante se realizará conforme a lo establecido en el Artículo 40 de la Constitución Nacional, la ley reglamentaria de la Consulta Popular N° 25.432 y subsidiariamente de acuerdo a las disposiciones de la Ley 19.945 (Código Nacional Electoral) y sus modificatorias. La justicia Electoral Nacional será competente en todo lo relativo a la consulta popular.
"Queremos someter a la voluntad de los ciudadanos esta iniciativa donde además de la consulta se establece que el haber mínimo será equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil", señaló el presidente del bloque PS, Lisandro Viale. "Ni los distintos mecanismos legales que pretendieron suplantar el principio de movilidad, ni los aumentos jubilatorios decretados por el Ejecutivo Nacional entre 2003 y 2007, como tampoco los resultados arrojados por la fórmula de movilidad desde marzo de 2009, han podido recomponer los haberes de uno de los sectores más castigados de nuestra sociedad", afirmó.Remarcó que "en otros términos, los haberes mínimos caen cada vez más en relación a la línea de pobreza y a las pautas inflacionarias reales. Esto es lo que explica en gran medida la alta litigiosidad del sistema, con aproximadamente 450 mil juicios acumulados en todo el país, a un ritmo de 100 mil nuevos juicios por año".La consulta popular tendría lugar el último domingo del mes subsiguiente al de la sanción de la ley, mientras que se imprimirán y se dispondrán en el cuarto oscuro dos boletas, a saber: la primer boleta deberá llevar la siguiente inscripción: "si apruebo la ley que establece el haber mínimo jubilatorio garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos"; y la segunda boleta deberá llevar la siguiente inscripción: "no apruebo la ley que establece el haber mínimo jubilatorio garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos".La consulta popular vinculante se realizará conforme a lo establecido en el Artículo 40 de la Constitución Nacional, la ley reglamentaria de la Consulta Popular N° 25.432 y subsidiariamente de acuerdo a las disposiciones de la Ley 19.945 (Código Nacional Electoral) y sus modificatorias. La justicia Electoral Nacional será competente en todo lo relativo a la consulta popular.
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