Inembargabilidad de jubilaciones y pensiones
Quedó promulgada ayer la ley provincial que dispone la inembargabilidad de los salarios de jubilados y pensionados, que perciban 1500 pesos o menos. También se dispuso que los haberes que superen ese monto "serán embargables hasta un tope del 20% mensual", supo APF.La ley N° 10.162 modifica dos artículos de la ley N° 9114. El artículo 1° -que modifica su análogo- dispone que "serán inembargables los beneficios de Jubilación y Pensión otorgados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, hasta un monto de mil quinientos pesos ($ 1.500)".Asimismo instituye que dicho importe "será actualizado anualmente en el mes de febrero, mediante Resolución del Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, con la aplicación de la variación que haya tenido el haber previsional promedio durante el año inmediato anterior".El artículo 2°, en tanto, establece que "los haberes que superen el monto indicado en el Artículo 1° y su actualización, serán embargables hasta un tope del 20% mensual, que se aplicará sobre el excedente del mínimo inembargable".La ley fue sancionada en la sesión de la Cámara de Senadores el 15 de agosto pasado, y este martes fue publicada en el Boletín oficial.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ESTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios

