ADICCIONES Y PANDEMIA EN GUALEGUAYCHÚ
Internaciones en Salud Mental: El 60% de los casos es por consumo de drogas
Las cifras corresponden al área de internación del Hospital Centenario. Además, se sumaron otras patologías como trastorno bipolar, ansiedad, episodios psicóticos y paranoia. El mediático caso del cantante Chano Charpentier, que terminó con un balazo en su abdomen, puso en evidencia la necesidad de informarse sobre Salud mental, la legislación vigente y los protocolos recomendados.
Mónica Farabello La pandemia vino a poner todo patas para arriba; hasta la atención de las personas en consumo problemático de sustancias. Nadie es adicto porque quiere. Nadie elige ni decide intoxicarse. La estructura social se presenta tan dañada que lastima siempre a los más vulnerables; y no hablamos de vulnerabilidad económica, también nos referimos a la vulnerabilidad social, ambiental y emocional. El caso del cantante Chano Charpentier volvió a poner sobre la mesa una problemática que nos atraviesa a todos como sociedad. ¿Qué pasa con los pacientes con problemas de salud mental y adicciones y cómo deben ser abordados y contenidos? Claramente, un disparo en el abdomen no sería la respuesta esperada desde el Estado y sus fuerzas de seguridad. ElDía entrevistó a distintos profesionales de la salud para conocer cómo se trabaja en estos casos de crisis y desborde. En Gualeguaychú, el Hospital público cuenta con servicio de guardia de Salud Mental, internación y consultorios externos. Las estadísticas a las que accedió ElDía son realmente preocupantes. Durante el 2020 (en plena pandemia y cuarentena) 6 de cada 10 casos de internación en Salud Mental, se dieron por consumo problemático de sustancias o intoxicación grave, o con alguna otra patología dual. En tanto, desde enero a julio del 2021, la situación continúa siendo exactamente la misma, repitiendo las cifras: 6 de cada 10 internaciones, tiene relación con el consumo grave de estupefacientes. Durante el 2020, fueron 335 las internaciones realizadas en el área, mientras que en lo que va del 2021, la cifra asciende a 122. Otro de los indicadores, aunque sin cifras cerradas, se da en la atención en guardia. Allí, aunque algunas consultas no necesitan internación, las consultas vienen creciendo, según informó Yamila Horane, jefa del servicio de Salud Mental del Hospital Centenario e instructora de la Residencia Interdisciplinaria de Salud Mental, sede Gualeguaychú. La profesional explicó que hay diagnósticos que se exacerban con el consumo, como el trastorno bipolar, la ansiedad, depresión, trastornos de personalidad, episodios psicóticos, paranoia, alucinaciones y además se pueden producir episodios de excitación psicomotriz por abstinencia o intoxicación que pueden requerir internación. Yamila Horane opinó que existe una gran “falta capacitación. Nos hemos capacitado a fuerza de voluntad y acompañamiento de las autoridades de la Salud, pero deberían haber capacitado a los Directivos para que luego nos capaciten a todos: a la Justicia y a las Fuerzas de Seguridad, también a los profesionales de la atención primaria de la Salud, y todos los estamentos”. “Hay protocolos sobre cómo las fuerzas de seguridad deben actuar ante un cuadro de crisis. Hay una posición de las fuerzas de no meterse y esto dificulta articular y que acudan cuando se los llama ante estos casos”, indicó Horane y agregó que “en los últimos 3 años se crearon las guardias de salud mental del Hospital con la participación de los residentes y con el personal de planta de servicio que se contrató para este fin. Creamos esta guardia para responder a estas problemáticas, contando con las ambulancias y todo el equipo. En general se resuelve, pero si se decide que hay que internar o el padecimiento es más complejo, entonces hay que buscar otras estrategias, y excepcionalmente se le da intervención a la Policía y luego se judicializa. Pero luego de pasar por todos estos pasos previos”. “Si se decide una internación y si se recurre a la Policía, hay que contar con esta capacitación, porque si no, no van o van de mala gana y no intervienen. Esto es lo llamativo. Un gris que tiene la Ley es cuando hablan de “riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”; pero no hay una definición clara. Entonces, yo puedo interpretar algo, y el juez puede interpretar otra cosa”, concluyó Horane.
¿Cómo deben actuar las fuerzas de seguridad? Ante el trágico desenlace del abordaje policial de una situación de padecimiento subjetivo, se activó una maquinaria comunicacional que no ha parado un minuto en estos días. Es necesario, en este contexto, volver sobre la letra de nuestros marcos legales (letra que ha sido esquivada de un modo nada sutil). Se ha planteado que el modo de actuar de las fuerzas de seguridad ante una crisis subjetiva fue el correcto (disparando) ¿Qué dice la Resolución 506/13 del Ministerio de Seguridad? Según la Resolución 506/13 del Ministerio de Seguridad de Nación: “Las fuerzas de seguridad que tomasen contacto con una situación de riesgo cierto e inminente para la persona o para terceros por presunto padecimiento mental, deberán intervenir procurando evitar daños, dando parte inmediatamente y colaborando con el sistema de emergencias sanitarias que corresponda. La Autoridad de Aplicación elaborará protocolos de intervención y capacitación en base al criterio de evitar todo tipo de daños para sí y para terceros. Se plantea que no quedaba otra opción que disparar y que se actuó en base a “protocolos” ¿Qué dicen los protocolos? Según las “Pautas de intervención de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad con el objetivo de preservar la seguridad en situaciones que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias en riesgo inminente para sí o para terceros” en el apartado sobre las estrategias específicas de intervención se advierte a los agentes que ante casos de sobreexcitación de las funciones psíquicas, anímicas y motoras o la depresión o disminución de éstas, debe descartarse lo que “históricamente” se hacía en primera instancia: el uso de la fuerza física para una supuesta defensa. “En la actualidad existen importantes objeciones al uso de las restricciones físicas que deben tenerse en cuenta”, dice la resolución. Una de ellas es que la violencia implica riesgos, incluyendo la muerte, para la persona afectada. *Referentes de la Residencia Interdisciplinaria de Salud Mental (RISAM)ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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