INSPECCIÓN GENERAL
Intimaron y multaron a más de 190 dueños de terrenos baldíos descuidados

Entre el 3 de enero y el 26 de febrero, la Municipalidad de Gualeguaychú remitió al Juzgado de Faltas 237 actas de infracción, de las cuales 195 corresponden a terrenos baldíos con maleza y pastizales.
El objetivo de esta acción es que la Dirección de Inspección General organice y ordene la ciudad desde diferentes aspectos para evitar molestias a los vecinos y además de disminuir los focos posibilitadores de presencia de todo tipo de plagas, como roedores, moscas, cucarachas, los cuales pueden generar enfermedades infecciosas.
Además, se busca también una manera más de sumar acciones para prevenir el dengue, el zika y la fiebre chikungunya, evitando la reproducción de los mosquitos que transmiten estas enfermedades.
De este modo, se realizó la observancia de la ordenanza 11511/2010 que establece la obligatoriedad de mantener los terrenos baldíos y/o en ocupación dentro de la zona urbana del ejido de la ciudad en condiciones de limpieza, libre de malezas, pastizales o acumulación de basura, escombro o cualquier otro elemento que signifiquen un peligro real o potencial a la salud y/o al medio ambiente O daño a la comunidad.
Cabe destacar que es responsabilidad del propietario mantener en condiciones el predio, y en caso de incumplimiento se labrará un acta de intimación y de infracción en el mismo acto.
El Municipio recordó que se encuentra a disposición de los vecinos las siguientes vías de comunicación para realizar reclamos, denuncias o sugerencias al 423399, o personalmente en la Dirección de Inspección General en España 423.
¿Cómo se calculan las multas por terrenos baldíos descuidados?
ANEXO I
Referencia: DM = Días Multas
Multa por incumplimiento AL ART. 1º:
a) Terrenos hasta 999 mts2 de superficie (según información catastral municipal).
1° Infracción: 100 DM + 0,10 DM * mts2 de superficie
2 ° Infracción: 200 DM + 0,10 DM * mts2 de superficie
3 ° Infracción y sucesivas: 300 DM + 0,10 DM * mts2 de superficie
a) Terrenos desde 1000 mts2 de superficie (según información catastral municipal).
1° Infracción: 100 DM + 0,20 DM * mts.2 de superficie de terreno
2 ° Infracción: 200 DM + 0,20 DM * mts.2 de superficie de terreno
3 ° Infracción y sucesivas: 300 DM + 0,20 DM * mts.2 de superficie de terreno
Para que los vecinos tengan en cuenta, se realizaran dos cálculos como ejemplo de dos terrenos, uno de hasta 999 metros cuadrados, y otro de más de 1000 metros cuadrados. En tal sentido, el valor de “Días Multas” es de $500.
Para un terreno de 10 metros de frente por 30 metros de fondo, el cálculo para una primera infracción, es así:
10 m x 30 m = 300 m2
Por lo tanto, al aplicar la ecuación:
100 ($500) + 0,10 ($500) x 300 m2
El resultado final es:
$50.000 + $15.000 = $65.000
Para un terreno de 20 metros de frente por 50 metros de fondo, el cálculo para una primera infracción, es así:
20 m x 50 m = 1000 m2
Por lo tanto, al aplicar la ecuación:
100 ($500) + 0,20 ($500) x 1000 m2
El resultado final es:
$50.000 + $100.000 = $150.000