Iván Joel Kuhun y Víctor Hugo Herlein, víctimas de una golpiza de policías

En una sentencia dictada recientemente, la Justicia demostró que lo informado el 22 de marzo en una gacetilla policial no era lo que ocurrió realmente en un incidente que tuvo como protagonistas a dos jóvenes y tres policías.El 23 de marzo de 2009, este matutino daba cuenta de una información suministrada por una gacetilla oficial de la Jefatura de Policía sobre un hecho ocurrido en la madrugada del domingo 22 de marzo. La noticia, con el título "Patota ataca y hiere en la cabeza a un policía", El Día informaba: "Ayer de madrugada resultó lesionado un Suboficial perteneciente a la departamental; un móvil concurrió a la zona del Barrio Guevara tras un llamado telefónico en el cual alertaban que dos personas se conducían en actitud sospechosa en un ciclomotor. El personal ubicó a dos hombres con características similares a las informadas, al ser llamados se dieron a la fuga en el ciclomotor, por lo que comienzan la persecución hacia el acceso sur.Allí le dieron la voz de alto pero hacen caso omiso continuando la marcha a alta velocidad, hasta llegar a calle Gervasio Méndez y Bvrd. Martínez, lugar donde abandonan la moto para darse a la fuga (corriendo).Fueron alcanzados a metros del lugar, aunque los policías luego recibieron el ataque de 20 jóvenes los que arrojaron pierdas -también al móvil-, una de ellas impactó en la cabeza de uno de ellos. Los detenidos fueron trasladados a la Jefatura".Luego de la detención, las familias de los jóvenes reclamaron por Justicia, asegurando que "las cosas no fueron así" y que "fueron víctimas de abuso de autoridad", además de afirmar que no habían cometido delito alguno.Cinco años después, el 6 de marzo pasado, la Justicia le dio la razón a Iván Joel Kuhun y Víctor Hugo Herlein y demostró que lo informado ese día por la Jefatura de Policía y que publicó El Día no era lo que realmente ocurrió. Detalles de la sentenciaEn un fallo de 56 carillas, la doctora Mariela Rojas de Di Pretoro, Jueza Unipersonal del tribunal de Juicios y Apelaciones, fundamentó las penas resueltas para los expolicías Pablo Facundo Gaytan, Luis Mariano Hermelo y Santos Máximo Martínez, imputados por el delito de "Vejámenes ilegales agravados en concurso ideal con lesiones leves agravadas por haber sido cometida por un funcionario público en el ejercicio abusivo de sus funciones, dos hechos, art. 54, 89, 92 y 144 bis inc. 2do. del Código Penal, en calidad de coautores".La magistrada manifestó dentro de la sentencia que "en fecha 22 de marzo del año 2009, aproximadamente a las 02:30 hs., y en forma conjunta, todos funcionarios policiales, mientras se encontraban prestando servicios en el móvil policial, automotor tipo camioneta, marca Ford, modelo F100, afectada a comisaría Octava, dependiente de Jefatura de Policía Departamental de Gualeguaychú, en inmediaciones de la intersección de Av. Irazusta y Acceso Sur de esta ciudad de Gualeguaychú, se encuentran con los menores Iván Joel Kuhun, y Víctor Hugo Herlein, quienes se conducían en la motocicleta marca Gilera, de 110 c.c., colores azul y gris, propiedad de Kuhun, y comandada por el nombrado, a los que les hacen señas para que detuvieran su marcha y ante la negativa de los menores de acatar la orden de mención, se dan a la fuga, tomando por Acceso Sur en dirección a Oeste, siendo perseguidos por los co- prevenidos Gaytan, Martínez y Hermelo. En la persecución los referidos funcionarios efectúan dos o tres disparos con armas de fuego y llegan a dar alcance a los menores en cuestión en la cochera ubicada en calle Gervasio Méndez, metros en dirección Oeste de su intersección con Bvard. Martínez, lugar donde los menores se disponían a guardar su motocicleta. Al descender el damnificado Herlein de su motocicleta, recibe un golpe en el rostro por parte de los referidos, con la culata de una itaca, para luego ser tomados ambos menores por los uniformados, puestos boca abajo sobre el piso, esposados, golpeados con puños y pies en diversas partes del cuerpo. Ante la acción de personas desconocidas, que arrojaban piedras a los funcionarios del orden, se hacen presentes en el lugar momentos más tarde, refuerzos del comando radioeléctrico, de la sección motorizada y de la comisaría Sexta, recibiendo también los menores Iván Joel Kuhun y Víctor Hugo Herlein, golpes de éstos. Como consecuencia de la golpiza recibida resultaron lesionados los damnificados Herlein y Kuhun, de la manera que resulta de los informes médicos de fs. 6 y 7 respectivamente".Más adelante, la Jueza expresa que "En definitiva, a través de la audiencia y en concordancia con las constancias de la causa, me he formado la convicción certera de que los jóvenes Kuhun y Herlein fueron inicialmente agredidos por la comisión policial que los detuviera en la madrugada del 22 de marzo de 2.009, sin perjuicio de que los castigos fueran replicados luego por otros agentes que no han sido identificados, los que concurrieron al lugar en calidad de refuerzos ante el ataque a pedradas sufrido por los preventores actuantes en el inicio". La sentenciaEl Tribunal decidió condenar a Pablo Facundo Gaytán a un año y tres meses de prisión de cumplimiento en suspenso, más la inhabilitación por el doble de tiempo de la condena para ejercer funciones policiales. También se le impusieron reglas de conducta a cumplir por el término de dos años, como fijar residencia y evitar cualquier acto perturbatorio en relación a las víctimas y testigos presentes en la causa.A Luis Mariano Hermelo también se lo consideró coautor responsable de los delitos y se le dictó la pena de un año y seis meses de prisión, cuyo cumplimiento también se deja en suspenso, más la inhabilitación por el doble de tiempo de la condena para ejercer funciones policiales. Además, por el término de dos años y seis meses, deberá fijar residencia y evitar cualquier acto perturbatorio en relación a las víctimas y testigos presentes en la causa.Por último, Santos Máximo Martínez considerado coautor de los delitos, fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento en suspenso, además de la inhabilitación por el doble de tiempo de la condena para ejercer funciones policiales. Se le impusieron tres años para las reglas de conducta.
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