
La Corte Suprema de la Nación cuestionó el fallo de Casación dictado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que confirmó la condena por Homicidio Simple contra diez presos de Victoria juzgados por la muerte de un penitenciario. La resolución de la Corte Suprema tiene pocas palabras, pero es muy contundente. El tribunal de la Nación aseguró en los puntos seis, siete y ocho de la sentencia que el fallo de Casación no cumple con los lineamientos del fallo Casal por cuanto no se realizó una revisión plena de los argumentos y agravios expresados por la defensa, que había solicitado la sustitución de la calificación legal prevista por el artículo 79 del Código Penal (homicidio simple) por la del artículo 95 (homicidio en riña).La Corte marcó una contradicción en el razonamiento del fallo de Casación porque por un lado los vocales señalan que "no se está en presencia de un homicidio premeditado, ya que no pudo probarse el acuerdo previo de los presos para matar al penitenciario". Sin embargo más adelante en el mismo fallo destacan que "no puede hablarse de homicidio en riña como lo planteó el defensor por cuanto hay un acuerdo previo para matar".En los puntos 11 y 12 del fallo de la Corte Suprema, los ministros aseveran que se violó el derecho de defensa porque "un solo abogado tuvo que defender a 10 imputados", y agrega: "tuvo que interiorizarse del expediente contando con unos pocos días - ocho días en rigor- previos al juicio ya que no se hizo lugar al pedido de suspensión del debate". Un fallo polémico En septiembre de 2006, la Cámara de Gualeguay condenó a diez jóvenes a penas de hasta 22 años de prisión por la muerte del guardia cárcel Emilio Reynoso y de las lesiones graves a los penitenciaros Eduardo Bali, Luis Zalazar y Pedro Sánchez durante el motín ocurrido en el cárcel de Victoria el 25 de enero de 2005.El fallo fue resuelto por el tribunal oral de Gualeguay, integrado por los camaristas Antonio Rolando Cirigliano, Edgardo Garibotti y Alberto Seró, publicó UNO.Por unanimidad, los camaristas condenaron con la pena más fuerte a Rubén Godoy a 22 años de prisión. A este joven se le imputó una mayor participación en el trágico motín. Luis Centurión fue penado a 20 años de cárcel, Sebastián Silgero condenado a 18 años y cinco meses, y Daniel Mazini y Luis Molina fueron sentenciados a 18 años. Además el tribunal resolvió condenar a Juan Manuel Melgar a la pena de 17 años de cárcel; a los jóvenes Maximiliano López y Luis Miguel Wasinger a la pena de 15 años y seis meses; a Lázaro Calcena a la pena de 15 años y cuatro meses y a Andrés Baini a 15 años de prisión. Para los jueces cada uno de los imputados tuvo un grado de responsabilidad en el asesinato del guardia cárcel, en las lesiones de gravedad a otros tres, en la tentativa de evasión y en los daños ocasionados en el interior del penal.Otro punto que fue excluido de la sentencia, por ser considerado fuera de la discusión, es el de la calificación de Homicidio en riña realizado por el defensor oficial Daniel Alle. Para los vocales no hubo riña, sino un artero ataque de los internos contra el guardia, que sufrió nueve chuzazos en el cuerpo. Según la Corte Suprema, el planteo de Alle era el adecuado. Además, hubo una severa crítica a los fundamentos del fallo de la Cámara, ya que tiene también severas contradicciones.En el mismo motín en el que murió Reynoso, falleció Juan Machado, de 20 años. Este joven estaba alojado en la cárcel de Victoria cuando recibió un balazo de plomo que le quitó la vida. Según se estableció e informó Apf Digital, el interno oriundo de Paraná murió por el accionar de guardias del Servicio Penitenciario.