LA PALABRA DE DOS FISCALES DE LA CIUDAD
La delincuencia en los barrios y el temor a “la puerta giratoria” por parte de los vecinos
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La zona del Boulevard Pedro Jurado estuvo en todos los portales de noticias. Los robos, las agresiones y hasta las amenazas policiales no frenaron. Ahora, los vecinos plantearon el temor por la liberación de los delincuentes y denunciaron “la puerta giratoria de la Justicia”. La palabra de dos fiscales de Gualeguaychú.
Por Mónica Farabello
Hay dos cosas que son ciertas: primero, los vecinos están cansados de los robos. Todos los trabajadores se ven asediados por los robos menores que terminan por perjudicarle la vida cotidiana. Cuando te roban la bicicleta, la garrafa o hasta la ropa de tu casa, te desestabiliza la economía.
Por otra parte, los Fiscales actúan según les permite la Ley; ni más, ni menos. En medio, el descontento de las dos partes.
La semana pasada en la zona de la terminal y todo el Boulevard Pedro Jurado se registraron seis robos, ingresos a viviendas, grescas vecinales que terminaron con corridas, cuchillos, cortes y hasta un vehículo roto. Además, aseguraron que los familiares de los detenidos amenazaron a un Policía que hacía guardia en el lugar.
¿Existe una puerta giratoria en la Justicia? Ahora ElDía se comunicó con dos referentes del Ministerio Público Fiscal para conocer cuándo se puede otorgar una prisión preventiva y cuándo los detenidos recuperan rápidamente su libertad.
La Fiscal Lucrecia Lizzi se refirió a los casos ocurridos en la ciudad y aseguró que solicitó 45 días de prisión preventiva para el hombre detenido, y finalmente el Juez otorgó sólo 20 días de domiciliaria; es decir, que pudo regresar a su casa, aunque por ese período no puede caminar por las calles.
En tanto, la situación de la mujer detenida es diferente. A ella directamente le otorgaron 28 días de domiciliaria en relación a un delito de daño, relacionado al ataque contra el vehículo de un vecino.
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Por su parte, la Fiscal Martina Cedrés, fue quien explicó en profundidad cuándo les recae una prisión y cuándo no. En diálogo con Ahora ElDía detalló: “Nosotros pedimos prisión cuando necesitamos extraer pruebas; cuando hay peligro de entorpecimiento en una causa, o cuando hay que hacer una inspección en el cuerpo de la persona, ya sea por drogas, por lesiones, y pasando los días se pierde esa prueba”.
“También cuando hay temor fundado o proyección procesal de que muy probablemente pueda amenazar a la persona a la que le robó. Son situaciones de riesgo procesal. También se evalúa este pedido de prisión cuando hay riesgo de fuga. Esto pasa cuando son casos más graves, como delitos de abuso; no lo vemos cuando son robos simples”, como lo sucedido en la zona del Boulevard.
Cedrés explicó que los fiscales “alegamos el peligro de entorpecimiento. La sucesión de hechos no se considera un entorpecimiento; por ejemplo, un hombre que robó hoy y sé que va a robar mañana, no va a recibir prisión preventiva. El juez no me va a dar la detención preventiva; aunque yo sepa que va a robar mañana porque no tiene otra vida; pero eso lo sabemos nosotros, no está en la Ley”.
Respecto a su propia experiencia detalló que ha ido a pedir la prisión “y te dicen que la comisión de otro delito no constituye un peligro procesal y eso lo sé. Entonces, los fiscales exigimos a la Cámara que eleve esos casos de robo donde hay una filmación o un robo simple para fijar una fecha de juicio”.
“Nos pasa que hay un cuello de botella porque hay muchísimos casos, sobre todo de abusos sexuales y entonces, a los robos simples los van dejando atrás; pero en realidad lo que tenemos que hacer es acelerar esos procesos para poder ir a juicio y condenar. Después de esa condena, los Jueces pueden dejarlo libre hasta que la pena quede firme, por lo que lleva otro proceso”, indicó la referente de Fiscalía, Martina Cedrés.
Asimismo, sumó que es ahí donde está la demora: “Es porque son delitos menores, pero hasta en delitos aberrantes y de mucha pena como los de Gustavo Rivas, y habiendo secuestrado toda la prueba, no teníamos ningún peligro de que él pueda destruir la evidencia, por eso no podíamos pedir ninguna medida coercitiva grave; ni tampoco había riesgo de que se vaya del país porque tenía trabajo y casa acá en la ciudad. Descartado que pueda entorpecer o fugarse, teníamos que evitar que él supiera a quién íbamos a entrevistar para la causa. Pero esto sirve de ejemplo porque es un delito grave, pero al no tener riesgo de entorpecimiento, no podíamos pedir una detención. Él pudo haber tirado toda esa prueba y no lo hizo…todo eso juega a favor del imputado”, detalló
En síntesis, la prisión preventiva es para asegurar el proceso y para que el imputado no se fugue y cumpla luego la pena.
“Uno siempre trata de proyectar riesgos procesales, pero hay casos donde los jueces nos dicen: ‘Mire, acá no hay nada. Ustedes lo quieren dejar preso por la peligrosidad del sujeto y eso no es posible lamentablemente’”, concluyó la Fiscal y agregó: “Tenemos que acreditar un peligro de entorpecimiento o un peligro de fuga y a veces nos esforzamos por demostrarlo pero los jueces nos dan los motivos y nos dicen que no. Lamentablemente, porque a mí no me gusta que suceda eso, pero así es la Ley”.
